septiembre 19, 2015

Vidas de niñas, leyes de hombres

A algunos de nuestros legisladores les está costando enfrentar la discusión sobre la despenalización de la interrupción del embarazo causado por violación. Por una parte tienen la convicción de que el aborto es un acto moralmente malo, pero, por otra, se dan cuenta de la crueldad que es castigar a una mujer que aborta en esas circunstancias y más aún obligar a una niñita abusada a gestar y parir, probablemente a su propio hermano o hermanastro.

No sé si ese legislador podría soportar la presión de escuchar una tras otra las historias que esas mujeres y esas niñas podrían contarle y a continuación mantener su versión de que, a pesar de la compasión que siente, el Código Penal debe seguir castigando con cárcel el acto que ella cometió, para dar una señal de nuestro compromiso por la vida. Me conmovió escuchar a una sobreviviente de incesto preguntar, con vergüenza, si quizás ayudaría para la aprobación de la causal viralizar fotos de niñas violadas.

Todo esto es jurídicamente relevante.

Reconocemos la legitimidad del derecho y cumplimos las leyes porque entendemos que nuestros intereses han sido respetuosamente tomados en consideración –en la misma medida que los de las demás personas– por nuestros representantes en el proceso de creación de las leyes. La imagen del legislador siendo interpelado por las historias de las mujeres y niñas violadas debiera servir para preguntarnos si la penalización del aborto por violación considera genuinamente los intereses y necesidades de estas, si nuestro derecho pasa ese test de legitimidad.

Las normas sobre aborto –y tantas otras– han sido escritas durante siglos por hombres, y los relatos morales de ellos no han dejado escuchar las voces de las mujeres y las niñas violentadas. Y las mujeres han respondido actuando fuera del derecho, en Chile abortando por decenas de miles al año. Mamás y abuelas ayudando a sus niñas.

Estas mujeres no son delincuentes. No son mejores ni peores personas que cualquiera de nosotros. Y aunque sufran con su decisión, no han perdido las competencias básicas de pensamiento racional ni su capacidad de identificar cuáles son sus sentimientos, sus necesidades y valores, ni su capacidad para decidir lo que es correcto para su salud y el bienestar de ella y su familia. Bajo el estándar clásico del derecho aplicable, no son incompetentes ni están, en la mayoría de los casos, actuando bajo coerción. Toman una decisión moral, en conciencia.

No es que el resto del mundo haya perdido sus valores morales al despenalizar parcialmente el aborto consentido por la mujer. Lo que pasó fue que las instituciones democráticas de casi todos los otros países han incorporado en sus instancias de deliberación las concepciones y prácticas morales de las mujeres y han corregido algunas de las cegueras del derecho. Escuchando a las mujeres, han encontrado formas más efectivas de proteger la vida prenatal que amenazando a las embarazadas con cárcel.

No basta, para sentirnos más humanos, solo con mostrar compasión: con ello no reconocemos en la víctima de violación a una persona que tiene derecho a defender la corrección moral de su decisión (de mantener o terminar su embarazo) y a exigir que el derecho reconozca su licitud. El legislador no necesita compartir la perspectiva de la víctima. Basta con que reconozca su derecho constitucional a la libertad de conciencia para decidir sobre cómo rearmar su vida después del abuso.

No basta, para sentirnos más humanos, solo con mostrar compasión: con ello no reconocemos en la víctima de violación a una persona que tiene derecho a defender la corrección moral de su decisión (de mantener o terminar su embarazo) y a exigir que el derecho reconozca su licitud. El legislador no necesita compartir la perspectiva de la víctima. Basta con que reconozca su derecho constitucional a la libertad de conciencia para decidir sobre cómo rearmar su vida después del abuso.

No es humano buscar preservar un principio moral abstracto si eso se hace a costa de mandar a las mujeres y a las niñas a seguir abortando en la clandestinidad y prometiéndoles que, si las pillan –cuando lleguen desangrándose al hospital o cuando alguien las delate–, un juez caritativo las puede, eventualmente (si no han mentido, claro está, y si prueban más allá de toda duda razonable que su abusador las violó), eximir de la pena.

No es humano. Y es inconstitucional.

Según la Constitución vigente, las mujeres y las niñas son consideradas libres e iguales en dignidad y derechos. El Estado está a su servicio y debe contribuir a crear las condiciones para su mayor realización espiritual y material posible. La Constitución protege su vida, su integridad física y síquica, su privacidad, su salud y su libertad de conciencia. La penalización del aborto por violación, aún incorporando una causal de exención de la pena para la mujer, viola estos derechos.

No es un tema de compasión. La caridad comienza donde termina la justicia.


Por Verónica Undurraga Valdés
Fuente: El Mostrador

Sí a la Diversidad Familiar!
The Blood of Fish, Published in