junio 09, 2016

Chile. Primer Seminario: Sexualidad y Reproducción de las personas con discapacidad, desde un enfoque de género y derechos



A partir del año 2008, con la firma y ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo (2006), el Estado de Chile tiene el deber de acoger y respetar los principios rectores de la protección de los derechos de las personas con discapacidad, los cuales deben ser acogidos por la orgánica política administrativa y legislar/modificar sobre normas que los resguarden. Tal como, la Convención en su artículo nº 5, parte de la premisa de que las personas con discapacidad son personas titulares de derechos al igual que toda la ciudadanía, por lo que se les debe reconocer, proteger, promover y garantizar los principios de igualdad y no discriminación.

En cuanto, al ámbito de la Salud Sexual y Reproductiva siguiendo el principio de igualdad y no discriminación, la Convención en el artículo 25 señala en la letra a) “Proporcionarán a las personas con discapacidad programas y atención de la salud gratuitos o a precios asequibles de la misma variedad y calidad que a las demás personas, incluso en el ámbito de la salud sexual y reproductiva, y programas de salud pública dirigidos a la población”, donde deja en evidencia el compromiso de asegurar el acceso a servicios y programas.

Chile ha suscrito diversos compromisos internacionales en materia de fertilidad y de derechos sexuales y reproductivos, como: La Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (El Cairo, 1994)[1], La Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer (Beijing, 1995), Las “Metas para el Milenio” (Naciones Unidas, 2000), y La Resolución WHA 55.19 de la Asamblea Mundial de la Salud (2002). Además, los derechos sexuales y reproductivos tienen su base en toda otra gran gama de tratados, tales como: La Declaración Universal de Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (Conocida como Cumbre Belem do Pará). 

En este contexto SERNAM y SENADIS y en conjunto con CIMUNIDIS, ACNUDH, el Observatorio de Equidad de Género en Salud, Fundación Down 21 Chile, el Centro Regional de Derechos Humanos y Justicia de Género, Humanas y UNCICH fijan los siguientes objetivos del Seminario: “Sexualidad y Reproducción de las personas en situación de discapacidad, desde un enfoque de género y derechos”.


Objetivo general: Conocer el estado del arte internacional, regional y local en torno a la sexualidad y reproducción de las personas con discapacidad, contribuyendo a su visibilización desde un enfoque de género y derechos.

Específicos:

  • Reflexionar desde los derechos de las personas con discapacidad sobre sexualidad, reproducción y género.
  • Conocer desde las organizaciones con discapacidad las experiencias relacionadas con el trabajo en materia de derechos humanos, derechos sexuales y derechos reproductivos.
  • Generar y fortalecer los vínculos entre las distintas instituciones públicas y organizaciones de la sociedad civil participantes del Seminario.
  • Comprometer una instancia conformada por instituciones públicas y las organizaciones participantes en el seminario, para la elaboración de una agenda de trabajo.

Participan y colaboran:

  • Círculo Emancipador de Mujeres y Niñas con discapacidad de Chile (CIMUNIDIS).
  • Alto Comisionado de las Naciones para los Derechos Humanos (ACNUDH).
  • Observatorio de Equidad de Género en Salud- Chile.
  • Unión Nacional de Instituciones de Ciegos de Chile (UNCICH).
  • Fundación Down 21 Chile.
  • Centro Regional de Derechos Humanos y Justicia de Género, Humanas

Documentos Asociados


Jueves 9 de junio 2016 
Mutual de Seguridad (Auditorio)
Av. Libertador Bernardo O’Higgins N°194

[1] Cuyo Programa hace específica referencia “Los derechos reproductivos abarcan ciertos derechos humanos que ya están reconocidos en leyes nacionales, documentos internacionales sobre derechos humanos y en otros documentos aprobados por consenso. Estos derechos se basan en el reconocimiento del derecho básico de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número de hijos(as), el espaciamiento de los nacimientos y a disponer de la información y de los medios para ello, así como el derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva. También incluye el derecho a adoptar decisiones relativas a la reproducción sin sufrir discriminación, coacciones o violencia, de conformidad con lo establecido en los documentos de derechos humanos. 

Sí a la Diversidad Familiar!
The Blood of Fish, Published in