noviembre 24, 2016

Violencia y acoso político contra las mujeres en el marco de la Convención de Belém do Pará

La VI Conferencia de Estados Parte de la Convención de Belém do Pará adoptó la Declaración sobre la Violencia y el Acoso Políticos contra las Mujeres (octubre de 2015, Lima) – el primer acuerdo regional íntegro sobre esta problemática.

¿Por qué es importante esta Declaración? 

Representa el consenso regional de los Estados Parte de la Convención sobre la magnitud y la definición del problema, así como las acciones que se pueden tomar para prevenir, atender y sancionar la violencia política contra las mujeres. A través de la declaración, los Estados acuerdan:

Impulsar la adopción de normas, programas y medidas en todos los ámbitos desde un enfoque transformador; generar evidencia empírica; alentar a partidos políticos y medios de comunicación para actuar frente a este problema; 

Definir la violencia política: está basada en el género y tiene como objeto o resultado menoscabar o anular los derechos políticos de las mujeres; 
  • Tomar en cuenta la “Ley contra el acoso y violencia política hacia las mujeres” de Bolivia, pionera en el mundo, así como avances en otros Estados de la región; 
  • Afirmar que la violencia política contra las mujeres está vinculada al aumento de la participación política de las mujeres en los cargos de representación política; 
  • Reconocer que el logro de la paridad política en la democracia requiere de un abordaje integral que además del acceso igualitario de mujeres y hombres a posiciones de poder, asegure condiciones libres de discriminación y violencia para el ejercicio de los derechos políticos.
Promover la legislación, prioridad en América Latina

En 2012, Bolivia adoptó la Ley sobre violencia y acoso político hacia las mujeres y en 2016 se firmó el Decreto 2935 para reglamentarla. Otros países de la región como Costa Rica, Ecuador, Honduras, México y Perú han presentado iniciativas de ley para consideración de sus parlamentos. 

América Latina está priorizando la legislación como solución frente al problema de la violencia política contra las mujeres. 

¿Por qué?

La Convención Interamericana para Prevenir Sanciones y Erradicar la violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará )establece el deber de los Estados de armonizar su legislación interna para garantizar los derechos establecidos en la Convención y de eliminar normas, prácticas y costumbres que profundicen la violencia y la discriminación contra las mujeres; 

Los Estados Parte de la Convención tienen la obligación de adecuar las instituciones Estatales para garantizar los derechos de las mujeres establecidos en la Convención; 

El Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) ha recomendado a los Estados Parte avanzar en la promulgación de leyes que abordan la violencia contra las mujeres en los ámbitos públicos, incluyendo la esfera política. 
  • Estos Estados están comprometidos a elaborar y aplicar efectivamente un marco de normas jurídicas y de políticas públicas para promover plenamente los derechos humanos de las mujeres y eliminar la impunidad;
  • El trabajo de la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM) y del MESECVI:
  • Ley Modelo Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Política contra las Mujeres; 
  • Protocolo modelo para partidos políticos sobre violencia política contra las mujeres; 
  • Guía para instituciones electorales: estrategias para responder efectivamente ante la violencia política contra las mujeres; 
  • Informe hemisférico sobre violencia política contra las mujeres en las Américas: generación de evidencia empírica sobre la magnitud del problema.


Fuente: CIM-OEA

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