septiembre 18, 2026

Día Internacional de la Igualdad Salarial: la Ley 21.828 de 2026 pone a la vista la brecha en Chile, pero sin cerrarla no hay autonomía económica para las mujeres







20+ <b>Gender Pay Gap</b> Icon Illustrations - iStockFuente de la imagen: Freepik (pch.vector)

A 17 años de la publicación de la Ley N° 20.348, que "Resguarda el derecho a la igualdad en las remuneraciones" (19 de junio de 2009), primera ley nacional que consagró expresamente el principio de igual remuneración, la brecha de ingresos entre mujeres y hombres en Chile es de 21,7%. Así lo indica la Encuesta Suplementaria de Ingresos (ESI) 2025, publicada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) en julio de 2026: mientras los hombres ocupados perciben en promedio $1.062.864 netos mensuales, las mujeres ocupadas alcanzan $832.566, es decir, $230.298 menos cada mes (INE, 2026). La cifra es menor que el 24,4% de 2024, pero sigue siendo alta (INE, 2025).

Esta disparidad no es solo una inequidad distributiva, sino que también tensiona los compromisos que el Estado de Chile asumió en el Consenso de Brasilia, que identifica la superación de la brecha salarial como pilar de la autonomía económica de las mujeres y como vía para romper los nexos que perpetúan su desventaja financiera y la pobreza (CEPAL, 2010). La CEPAL entiende esa autonomía, en el ámbito productivo, como acceso a un empleo de calidad, control sobre los ingresos propios y una retribución justa. Por eso la brecha opera como una barrera directa a que las mujeres generen un sustento independiente y sostenible.

El fundamento jurídico del principio de igualdad salarial es el Convenio N° 100 de la OIT, adoptado en 1951 y ratificado por Chile en 1971, que establece igual remuneración por trabajo de igual valor (OIT, 1951). La Ley N° 20.348 incorporó en 2009 el artículo 62 bis al Código del Trabajo para alinear la legislación nacional con ese estándar. Su diseño, sin embargo, descansó en la denuncia individual de la trabajadora y en un estándar más acotado —"un mismo trabajo"—, lo que limitó su capacidad de reducir las disparidades.

Los datos del INE muestran que la urgencia persiste. El ingreso mediano evidencia que la mitad de las mujeres ocupadas percibe $600.253 o menos, frente a $701.985 en el caso de los hombres, una diferencia de 14,5% (INE, 2026). Además, la brecha no se cierra con más educación. En la ESI 2024, entre las personas asalariadas la brecha alcanzó 28,2% con educación universitaria y 35,2% con posgrado, en desmedro de las mujeres (INE, 2025). Ello sugiere barreras en el acceso a cargos de mayor jerarquía y remuneración, a las que se suma la concentración de mujeres en empleos de menor ingreso o jornadas parciales, vinculadas a las tareas de cuidado.

En este contexto se publicó la Ley N° 21.828, que "Promueve la transparencia y la adopción de medidas para la inclusión laboral de las mujeres en las empresas que indica", del 23 de julio de 2026. La ley incorpora el artículo 157 septies al Código del Trabajo y obliga a elaborar un informe anual de equidad de género a las empresas con 200 o más trabajadores(as), sin importar su rubro. También obliga a las empresas de 50 o más trabajadores(as) de sectores específicos: minería, sector financiero, energía, transporte, construcción e investigación y desarrollo. El informe debe incluir, al menos, la participación de mujeres, su presencia en cargos de responsabilidad, las medidas de conciliación de la vida laboral, familiar y personal, y antecedentes de brecha salarial, conforme a los parámetros que fije una resolución del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Asimismo, las empresas deberán enviar el informe electrónicamente a la Dirección del Trabajo durante marzo de cada año, desde marzo de 2027, y mantenerlo disponible en su sitio web. La Dirección del Trabajo lo remitirá luego al Comité Interministerial para la Igualdad de Derechos y la Equidad de Género y al Consejo Superior Laboral.

La Ley N° 21.828, de 2026, no reemplaza la Ley N° 20.348, de 2009, sobre equidad salarial. Al contrario, busca promover el principio de igual remuneración por trabajo de igual valor a través de la transparencia de información pública y verificable, con la que el Estado y la ciudadanía podrán fiscalizar. Así, al conmemorar este día por la "igualdad salarial", el desafío es que la transparencia se traduzca en corrección efectiva de las inequidades, como base material de la autonomía económica de las mujeres.


Por Daniela Andrade Zubia
Doctora en Estudios de Género
La Ciudad de las Diosas

Referencias

  • Comisión Económica para América Latina y el Caribe. (2010). Consenso de Brasilia. Undécima Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe.
  • Instituto Nacional de Estadísticas. (2025, agosto). Resultados Encuesta Suplementaria de Ingresos (ESI) 2024.
  • Instituto Nacional de Estadísticas. (2026, 14 de julio). Encuesta Suplementaria de Ingresos (ESI) 2025: Principales resultados.
  • Ley N° 21.828, de 2026. Promueve la transparencia y la adopción de medidas para la inclusión laboral de las mujeres en las empresas que indica.
  • Ley N° 20.348, de 2009. Resguarda el derecho a la igualdad en las remuneraciones.
  • Organización Internacional del Trabajo. (1951). Convenio sobre igualdad de remuneración (núm. 100). NORMLEX.

septiembre 17, 2026

Parlamentarias de oposición reactivan la Bancada Feminista Julieta Kirkwood para resguardar los derechos de las mujeres

Democracia en el país y en la casa, 1983-1988 - Memoria Chilena, Biblioteca Nacional de Chile
Imagen: Memoria chilena.cl

De cara al periodo legislativo 2026-2030, más de 20 diputadas de oposición concretaron la rearticulación de la Bancada Feminista Julieta Kirkwood [CNN Chile]. Este bloque surge como un espacio de coordinación transversal en el Congreso Nacional con el propósito fundamental de articular acciones de fiscalización y resguardo sobre las iniciativas públicas o legislativas en materia de mujeres y equidad de género. Mientras la Comisión de Mujeres y Equidad de Género de la Cámara ejerce su rol legal exclusivo de tramitar, debatir y votar proyectos de ley, este bloque voluntario enfoca sus esfuerzos en monitorear la correcta aplicación en terreno de las normativas vigentes en favor de la igualdad, los derechos y la autonomía de las mujeres [Bancada feminista Julieta Kirkwood se reactiva y anuncia ...].

Entre los objetivos prioritarios de esta reactivación para el periodo 2026-2030 se encuentra la fiscalización rigurosa de la Ley N° 21.675, de 2024, que establece el marco integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres [Bancada feminista Julieta Kirkwood se reactiva y anuncia ...], así como velar por el acceso efectivo y la vigencia de la Ley N° 21.030, de 2017, que regula la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales: riesgo vital de la madre, inviabilidad fetal de carácter letal y embarazo por violación [Bancada Julieta Kirkwood: seis años de una agenda legislativa ...]. Asimismo, las legisladoras vigilarán la ejecución presupuestaria en áreas fundamentales, el despliegue territorial de la Ley N° 21.805, de 2026 (Ley Chile Cuida) [Ley Chile Cuida entra en vigencia tras su publicación en el Diario ...] y la continuidad de los programas de apoyo destinados a las mujeres rurales [“No permitiremos retrocesos”: diputadas reactivan Bancada ...].

Esta iniciativa recoge la posta histórica de su origen en diciembre de 2017, cuando un grupo de parlamentarias —entre ellas Camila Vallejo, Karol Cariola, Daniella Cicardini y Loreto Carvajal— impulsó la creación de lo que se convirtió en la primera bancada de este tipo en el parlamento chileno [Bancada Julieta Kirkwood: seis años de una agenda legislativa ...]. En su trayectoria previa, el bloque logró validarse como el motor de reformas de alto impacto social, destacando el desarrollo de la Ley N° 21.369, de 2021, sobre acoso sexual en la educación superior, y el despacho de la Ley N° 21.484, de 2022, de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos [Bancada Julieta Kirkwood: seis años de una agenda legislativa ...].

El espacio rinde homenaje a Julieta Kirkwood Bañados (1936-1985), socióloga, politóloga y activista clave que instaló los estudios de género en el país. Kirkwood se transformó en la refundadora del movimiento feminista chileno en los años 80 tras acuñar la célebre consigna "Democracia en el país y en la casa", cuya iconografía original —consistente en lienzos callejeros pintados a mano— se conserva digitalmente en el archivo de Memoria Chilena de la Biblioteca Nacional de Chile y físicamente en las colecciones del Museo de la Memoria y los Derechos Humanos. Su postulado sistemático sostiene que la participación política y la equidad de las mujeres son condiciones indispensables para el desarrollo de cualquier sociedad democrática.

La Ciudad de las Diosas


septiembre 16, 2026

La vejez de las mujeres sin lugar: el cohousing feminista como una necesidad inexistente en la política habitacional chilena

Imagen buscada visualmente
Imagen de la galería Casa Saigon / a21studio. Diagrama © a21studio.



Frente a las lógicas de aislamiento que golpean la autonomía económica de las mujeres, las viviendas colaborativas emergen como proyectos comunitarios capaces de materializar la corresponsabilidad relacional y desprivatizar los cuidados.


El modelo de vivienda colaborativa o cohousing tiene una trayectoria concreta de casi seis décadas [EL PAÍS América Futura, 2026]. Según consignan los registros de la cooperativa de hábitat ecológico El Rayo Verde (2020), los orígenes de esta alternativa se remontan al invierno de 1964 en Copenhague, Dinamarca, cuando el arquitecto Jan Gudmand-Høyer comenzó a proyectar los primeros diseños de habitabilidad compartida. La crónica histórica de la Revista PLOT (2023) detalla que el impulso definitivo ocurrió en 1967 a raíz de una influyente columna de la periodista Bodil Graae titulada "Los niños deben tener cien padres", texto que movilizó a cincuenta familias para fundar Sættedammen, complejo residencial comunitario inaugurado materialmente en 1972. Esta colectividad de familias e intelectuales descontentos con el aislamiento de la vivienda suburbana tradicional diseñó la infraestructura con la meta explícita de colectivizar el trabajo reproductivo (doméstico y de cuidados) no remunerado.

La expansión de estas estructuras habitacionales comunitarias continuó hacia los Países Bajos y Suecia durante la década de 1970, consolidando el concepto de Kollektivhus en el norte de Europa. A finales de los años 80, las arquitectas estadounidenses Kathryn McCamant y Charles Durrett estudiaron estas dinámicas europeas y acuñaron formalmente el término cohousing, introduciendo la propuesta en el contexto norteamericano a través de proyectos adaptados a realidades tanto urbanas como rurales. Las iniciativas mantuvieron, hasta ese momento, un enfoque mayoritariamente familiar e intergeneracional, centrado en compatibilizar el empleo asalariado con las labores de cuidado de las infancias.

La reapropiación política feminista hacia un modelo senior ocurrió a finales de la década de 1990 en el Reino Unido mediante una ecuación profundamente crítica. Una colectividad de activistas feministas inglesas, conscientes de la mayor esperanza de vida de las mujeres y de su consecuente exposición al aislamiento crónico y a pensiones de vejez precarizadas, fundó en 1999 la organización OWCH (Older Women's Co-Housing) [OWCH, 2025; Cambridge University Press, 2020]. Las integrantes de esta agrupación disputaron durante casi dos décadas los marcos normativos de un mercado inmobiliario hostil y atravesado por el edadismo institucional, argumentando que los varones mayores de su generación no habían deconstruido los mandatos de dominación patriarcal  Así, la decisión de fundar un espacio exclusivo de mujeres se consolidó como un acto de resistencia y autodefensa política, que culminó en 2016 con la inauguración del emblemático complejo New Ground en High Barnet . El proyecto consolidó una infraestructura gestionada de manera autónoma por mujeres mayores, demostrando que la vejez de las mujeres podía gestionarse desde una autonomía relacional y corresponsabilidad social fuera de la tutela de la familia nuclear obligatoria o de la institucionalización en geriátricos mercantilizados.

Esta trayectoria global ha encontrado un hito político reciente en América Latina. Conforme a la investigación periodística publicada por la plataforma informativa EL PAÍS América Futura (2026), la asociación civil uruguaya Mujeres con Historias lidera la primera experiencia de este tipo en la región. El colectivo, compuesto por cerca de 30 integrantes mayores de 60 años —muchas de ellas antiguas militantes y supervivientes de la dictadura—, logró que la Intendencia de Montevideo les cediera en comodato una finca en la Ciudad Vieja para materializar su proyecto habitacional. Su propuesta arquitectónica distribuye departamentos privados mínimos vinculados a áreas comunes, convirtiendo el espacio en una alternativa empírica frente al desamparo de los modelos tradicionales.

La autonomía relacional de los cuidados funciona como el motor ético de estas comunidades. El pensamiento feminista crítico aplicado a este relato histórico tensiona la noción de autonomía individual liberal clásica, según la cual la libertad equivale a una autosuficiencia total y aislada. Esta distorsión fue superada formalmente por las filósofas Catriona Mackenzie y Natalie Stoljar (2000), quienes sostienen que "la autonomía relacional subraya que las capacidades de autonomía se desarrollan y sostienen a través de relaciones sociales e institucionales reales". Desde esta perspectiva teórica, la autonomía relacional se define como la capacidad que poseen las personas para tomar decisiones soberanas sobre sus propias vidas, reconociendo que esta libertad no se ejerce desde un aislamiento individualista, sino que depende estrictamente de la existencia de redes afectivas, comunitarias e institucionales que sostengan de manera recíproca a los sujetos. En el plano material, la economista Amaia Pérez Orozco (2014) plantea la necesidad de poner la "sostenibilidad de la vida" en el centro de la organización, dejando en claro que "la vida no es autosuficiente, sino radicalmente interdependiente y ecodependiente".

La infraestructura del cohousing senior asume esta crítica a través de una corresponsabilidad relacional comunitaria. Esto implica que el soporte mutuo, el acompañamiento en salud y el sostenimiento doméstico no se delegan en la familia obligatoria ni se compran en el mercado, sino que se gestionan colectivamente entre pares, reconociendo los vínculos afectivos e institucionales como la base material que hace posible la libertad individual. El diseño garantiza el "cuarto propio" privado, pero los trabajos de salud y alimentación se transforman en una responsabilidad colectiva y aprobada, un principio que la politóloga Joan Tronto (1993) acuñó al exigir que el cuidado salga de las sombras de la familia obligatoria, definiéndolo como "una actividad de la especie que incluye todo lo que hacemos para mantener, continuar y reparar nuestro mundo". Estas redes vecinales y afectivas se blindan además de la especulación inmobiliaria gracias al uso de cooperativas en régimen de cesión de uso.

Contradicciones institucionales: El nudo crítico entre cuidados y suelo urbano

En el contexto chileno, el debate propulsado por diversas asambleas de base, redes territoriales por el derecho al cuidado y colectivas articuladas —como la Asociación Yo Cuido, el Movimiento Pro-Emancipación de las Mujeres de Chile (MEMCH) y la Red de Mujeres por la Ciudad— tensiona el vacío histórico que afecta a la vejez de las mujeres. La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL, 2024) ha insistido sostenidamente en que la autonomía económica de las mujeres exige transitar de forma urgente hacia una "sociedad del cuidado" que desprivatice, colectivice y dote de infraestructura habitacional compartida a estas labores de reproducción social, subsanando el impacto de la desigual división del trabajo no remunerado a lo largo del ciclo vital

Frente a esta necesidad, estas organizaciones comunitarias denuncian que las políticas habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) continúan entrampadas en una matriz de subsidios individuales orientada exclusivamente a la adquisición de propiedad privada tradicional. En la práctica, mientras entidades de la sociedad civil de carácter técnico como la Fundación Cohousing Chile promueven la urgencia de diversificar las tipologías residenciales senior para la vejez, el diseño actual de la política pública de vivienda en el país no contempla líneas de financiamiento estatales, glosas presupuestarias ni mecanismos de asignación de suelo específicos para modelos autogestionados de propiedad colectiva permanente. Las iniciativas impulsadas por mujeres mayores se enfrentan a un marco normativo rígido que las obliga a asimilarse a figuras individuales o de copropiedad estándar, invisibilizando la interdependencia y diluyendo la viabilidad de espacios comunes de cuidado mutuo. La demanda de estos movimientos sociales apunta a exigir una apertura en la política urbana que reconozca que la habitabilidad compartida es una condición material indispensable para asegurar una vejez digna, autónoma y corresponsable.

La Ciudad de las Diosas

Referencias Bibliográficas

  • Asociación Civil Mujeres con Historias. Mujeres con Historias: Vivienda colaborativa, apoyo mutuo y memoria colectiva. Montevideo, Uruguay. mujeresconhistorias.uy
  • Comisión Económica para América Latina y el Caribe [CEPAL]. (2024). La sociedad del cuidado: Horizonte para una recuperación sostenible con igualdad de género en América Latina y el Caribe. Naciones Unidas.
  • El Rayo Verde Cooperativa. (2020). Sættedammen, la comunidad de cohousing más antigua del mundo: Los orígenes del hábitat colaborativo escandinavo. cooperativaelrayoverde.com
  • Mackenzie, C., & Stoljar, N. (Eds.). (2000). Relational Autonomy: Feminist Perspectives on Autonomy, Agency, and the Social Self. Oxford University Press.
  • Pérez Orozco, A. (2014). Subversión feminista de la economía: Aportes para un debate sobre el conflicto capital-vida. Traficantes de Sueños.
  • Revista PLOT. (2023). Vivir más cerca en el pasado: Genealogía arquitectónica y política del bofælleskaber danés. revistaplot.com
  • Tronto, J. C. (1993). Moral Boundaries: A Political Argument for an Ethic of Care. Routledge.

septiembre 15, 2026

El Doctorado en Estudios de Género del CEA (FCS) invita al Seminario de posgrado Políticas del cuidado. De la ética al trabajo de cuidado Docente: Pascale Molinier

doctorado-en-estudios-de-genero

Desde hace unos diez años, en países tan distantes de un punto de vista geográfico y cultural, como Francia, España, Japón, Brasil, Colombia, o Argentina, numerosos trabajos prolongaron los que se iniciaron en Estados Unidos en los años 80, acerca de lo que se convino en llamar la perspectiva del cuidado. La difusión de estas investigaciones a escala mundial se explica por lo que se ha designado con el término de crisis del cuidado. Esta crisis fue provocada, por un lado, por la mayor longevidad que trae importantes discapacitaciones de las personas mayores y que requiere más cuidados, tradicionalmente gratuitos y a cargo de las mujeres. Por otro lado, la dislocación de las modalidades tradicionales de cuidado, debido a la participación creciente de las mujeres en el mercado de trabajo ̶ y a la probable toma de conciencia feminista que pone en cuestión el mayor costo personal de la abnegación hacia los seres próximos ̶ también contribuyeron a esta crisis. Así aparece la carencia o la penuria del cuidado como un problema público, que desplaza la frontera entre las esferas privada y política. El curso está dedicado a una presentación de los estudios del cuidado desde un punto de vista ético y político, centrándose en las formas de subjetivación que generan las actividades de cuidado. De hecho, lo que Carol Gilligan identificó por primera vez como una voz diferente en la moral emana de experiencias feminizadas que se enfrentan a barreras de género, clase y raza para ser escuchadas en el espacio público. Al mismo tiempo que estas voces son sofocadas por los discursos hegemónicos, su trabajo es aún más explotado porque sigue siendo incomprendido. Liberar el cuidado significa superar las divisiones entre las disciplinas académicas que lo estudian en fragmentos, reflejando la división social del trabajo de cuidado. También se trata de superar las divisiones dentro del feminismo para reconocer la importancia del trabajo de cuidado y de quienes lo hacen. Por último, se trata de afinar las metodologías vinculadas al conocimiento situado para no "aplastar" los decires y narrativos de las/lxs cuidadoras/xs.


▶ Modalidad: Híbrida (Presencial: Aula 1 Centro de Estudios Avanzados + La clase presencial se retransmite por plataforma de meet a quienes asisten en remoto).

▶ Destinataries: Estudiantes del Doctorado en Estudios de Género, estudiantes de posgrado, egresados/as de grado y público externo interesado en la temática.

▶ Carga horaria: 40 horas

▶ Fechas y horarios: 26 al 30 de octubre, de 17 a 21 hs.

▶ Aranceles: Residentes en Argentina: sin evaluación $91.500 | Residentes en el extranjero: sin evaluación USD 200 (más un 20% del valor del arancel en caso de optar por la evaluación) 

▶ Consultas e inscripciones: doctoradogenero.cea@fcs.unc.edu.ar

Sí a la Diversidad Familiar!
The Blood of Fish, Published in