"Seguridad y salud en el trabajo para hombres y mujeres"
A medida que la participación de las mujeres en la fuerza de trabajo ha ido aumentando, también se han ido reconociendo los aspectos específicos de género de los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales. La agricultura, por ejemplo, sigue siendo un sector de alto riesgo tanto para las mujeres como para los hombres, sin embargo, muchas mujeres que trabajan en este sector terminan realizando las peores tareas, como el trabajo con insecticidas o con agentes químicos o biológicos sin protección, o la dura tarea de cultivar o cosechar sin asistencia mecánica.
La segregación ocupacional provoca la exposición a riesgos y peligros sanitarios propios de ciertas ocupaciones, y perjudica al sexo que más representado está. En la industria, las operarias de las fábricas ubicadas en zonas francas de exportación (en donde las mujeres son mayoría) realizan largas jornadas de trabajo en puestos en los que no se respeta el factor ergonómico y, con frecuencia, carecen de equipos de protección personal. Cabe decir que por lo general, la maquinaria industrial está diseñada para hombres, por lo que para las mujeres (y para los hombres menudos) suele ser de difícil maniobra y provocar fatiga. En el sector de la microelectrónica, otra actividad en la que abundan las mujeres, las trabajadoras están expuestas a sustancias químicas de efectos carcinogénicos. Por otra parte, el trabajo en los sectores en los que predominan los hombres, como la construcción o la industria del petróleo, entraña otro grupo de peligros y de riesgos para la salud.
En el transcurso de los años, la atención de las cuestiones de género en el área de la SST se ha desplazado desde la protección de las mujeres por la presunta diferencia entre todas las mujeres y todos los hombres, hasta la nivelación de los derechos y la protección para todos los trabajadores, hombres y mujeres, y hacia la idea de hacer más seguro el lugar de trabajo por el bien de todo el personal, independientemente de su sexo o de otras características. Se constató que las leyes orientadas a la protección de las mujeres como madres y esposas (funciones que se les atribuían como básicas) entrañaban efectos potencialmente discriminatorios sobre sus oportunidades de empleo. En la actualidad, se procura eliminar los riesgos del lugar de trabajo por el bien de todo el personal, más que excluir a un grupo social determinado de las ocupaciones peligrosas. Esta nueva óptica ha dado lugar a la revisión o sustitución de varias normas en materia de SST, por ejemplo, las relativas al trabajo nocturno.
Cada vez se reconoce más que el estrés relacionado con el trabajo es una cuestión del ámbito de la SST. Tanto los hombres como las mujeres padecen de estrés, aunque por razones diferentes, y ello puede exigir respuestas diferentes por lo que respecta a la atención de salud. Las múltiples funciones femeninas en el trabajo se traducen en que suelen también sufrir de estrés y de fatiga.
Tras la referencia formulada en la Resolución sobre la igualdad de oportunidades y de trato, adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo en 1985, respecto de la necesidad de proteger a los hombres y las mujeres de los riesgos inherentes a su trabajo, en las Conclusiones de la Conferencia celebrada en 2003 se estableció una conexión explícita entre el trabajo seguro y el trabajo decente, y se planteó “la necesidad de tener en cuenta los factores específicos de género en el contexto de las normas, los instrumentos, los sistemas de gestión y la práctica en materia de SST”.
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Fuente: Abril 2009 tema de la campaña La igualdad de género en el corazón del trabajo decente, 2008-2009 OIT