mayo 18, 2009

La Ley Familiar en Marruecos "Una breve Historia"

La Dra. Mounira Maya Charrad, premiada autora, viene siguiendo los derechos humanos y la implementación y la evolución de la ley de familia de Marruecos desde hace varias décadas. El siguiente artículo es un relevamiento histórico de qué ha sucedido con la ley de familia durante el siglo pasado, en qué situación está actualmente y qué significa esto para las mujeres marroquíes de hoy.

Los derechos de las mujeres como se definen en la ley de familia han sido un asunto político contencioso en la historia de Marruecos, así como en cualquier otro lugar de Medio Oriente. Por consiguiente, los cambios en la ley de familia han dependido de las circunstancias políticas. Podemos identificar tres períodos críticos: la colonización francesa desde 1912 a 1956; los años inmediatamente posteriores a la independencia que vieron la promulgación de un cuerpo de legislación nacional en 1957-58; y las recientes reformas liberalizadoras de 2004.

Período colonial: de 1912 a 1956

Durante la colonización, las regiones y las comunidades locales aplicaban sus propias versiones de la ley islámica. Los franceses dejaron intacta en gran medida la sustancia de la ley familiar, en parte porque temían reacciones violentas ante cualquier alteración de las normas establecidas. Aunque las mujeres tenían más libertad en algunas regiones que en otras, en general, las reglas y las prácticas las ubicaban bajo el control de sus parientes varones y sus maridos. No había edad mínima para casarse, lo que daba lugar a los matrimonios infantiles. Una mujer no daba su consentimiento durante la ceremonia de matrimonio. El consentimiento lo expresaba un guardián matrimonial, generalmente el padre, y era su consentimiento (y no el de la novia) el que hacía que el matrimonio fuera válido.

La poligamia era legal. Un hombre podía, en principio, casarse hasta con cuatro mujeres. Aunque eran pocos los hombres que tenían los recursos financieros necesarios para mantener a varias esposas y sus hijos, la legalidad de la poligamia era, no obstante, una constante amenaza para las mujeres. El divorcio era desigual entre hombres y mujeres. Un hombre podía poner fin al matrimonio a voluntad "repudiando" a su mujer sin procedimientos judiciales. Una mujer podía obtener un divorcio apelando a un juez religioso y probando que había sido dañada durante el matrimonio. Como en otras partes del mundo islámico, las mujeres tenían derecho a tener propiedades y continuaban teniéndolo después de casarse. Su propiedad individual no formaba parte de los bienes comunes de la pareja, lo que les daba a las mujeres con recursos una medida de seguridad. La herencia era desigual, sin embargo; la parte de una mujer era usualmente la mitad que la de un hombre en situación similar.

Soberanía nacional y promulgación de un cuerpo de legislación nacional: 1957-58

Después de la soberanía nacional en 1956, Marruecos se equipó con un cuerpo de legislación nacional llamado Mudawwana o Código de Estado Personal, promulgado e implementado en 1957-58. Al definir los derechos y las responsabilidades de los hombres y las mujeres en el ámbito de la familia, la Mudawwana permanecía fiel a la tradición legal islámica. La sustancia de la ley quedó en su mayor parte intacta, ya que el repudio y la poligamia siguieron siendo legales. Había, sin embargo, dos grandes diferencias. Por primera vez, Marruecos tenía una ley de familia que se aplicaba a la población como un todo. Las diferencias regionales que habían existido previamente ya no eran reconocidas. Esto significaba que algunas mujeres ahora tenían menos libertad y algunas más, pero todas las mujeres marroquíes estaban sujetas a la misma ley. La otra diferencia con el período colonial era que la Mudawwana presentaba de manera concisa y codificada lo que antes había sido un conjunto de interpretaciones de expertos en leyes o un conjunto de costumbres. Marruecos tenía ahora un único texto de ley unificado al cual los ciudadanos y los abogados podían referirse.

Activismo de mujeres y cambios en la Ley Familiar: 2004

Un importante desarrollo entre 1980 y 1990 fue el surgimiento de las asociaciones de mujeres. Los defensores de los derechos de las mujeres se volvieron activos en asociaciones que iban desde aquellas con una distintiva orientación feminista, hasta algunas vinculadas a partidos políticos y otras con una inclinación humanitaria. Usaban los canales de comunicación que ofrecían las asociaciones como base para reclamar reformas en la ley de familia. En parte como resultado del activismo de las mujeres, en 2004, se introdujeron cambios significativos en la Mudawwana.

De las reformas de 2004, las más destacadas conciernen a la edad para el matrimonio, al divorcio y a la poligamia. En resumen, fijaban la edad de matrimonio para las mujeres en los 18 años; establecían el derecho al divorcio por mutuo acuerdo, lo que les daba a las mujeres el derecho al divorcio en los mimos términos que los hombres. Ponían la poligamia y el repudio unilateral por parte del marido bajo control judicial y restringían las condiciones bajo las cuales un juez podía otorgarlos, lo que hacía bastante difícil que un hombre pudiera obtenerlos. También eliminaban el requisito de un guardián matrimonial para que la mujer se casara. Estas grandes reformas fueron aplaudidas por feministas de Marruecos y de todas partes. El tema ahora es ver cómo se implementan estas reformas no solo para la clase media educada, sino también en áreas rurales y entre los grupos urbanos menos privilegiados. Esta es una cuestión sobre la cual se están concentrando los defensores de los derechos de las mujeres. Solo el futuro nos dirá cuánto éxito tiene la aplicación de la nueva ley familiar para la mayoría de las mujeres marroquíes.

Ensayo de la Dra. Mounira Maya CharradAgainst All Odds: Women Partnering for Change in a Time of Crisis fue producido por Women's Learning Partnership.





De: Dr. Mounira Maya Charrad
Fuente: International Museum of Women

Sí a la Diversidad Familiar!
The Blood of Fish, Published in