diciembre 19, 2009

Ciudad Juárez: comienza a hacerse justicia

México viene sufriendo un recrudecimiento de la violencia, de las violaciones a los derechos humanos y recibiendo golpe tras golpe contra los derechos de las mujeres; pero el año parecer terminar con gesto de justicia: el 10 de diciembre se publicó la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado mexicano por las violaciones a los derechos humanos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) y en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, el caso conocido como el del "Campo algodonero". Sin duda alguna un avance entre tanto retroceso legal y por tal motivo entrevistamos a la abogada Andrea Medina Rosas que fue integrante del equipo de representantes del caso por parte del CLADEM (Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujeres).

AWID: ¿Cómo llegan los casos primero a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)?

Andrea Medina Rosas: El trabajo de las organizaciones civiles en Ciudad Juárez, así como la actividad ciudadana de sus habitantes, tiene un hito en 1993, cuando comenzaron a realizar un registro sistemático de desapariciones y homicidios de mujeres en dicha Ciudad, principalmente a través de lo publicado en la prensa.

El registro central se dio respecto de casos múltiples o “seriales” que tenían algunas características en común: mujeres jóvenes, trabajadoras, migrantes, que aparecían asesinadas y tiradas en diversos terrenos baldíos o periféricos de la ciudad con señas de violencia, tortura sexual y en algunos casos mutilaciones en sus cuerpos. La gran mayoría habían sido reportadas como desaparecidas sin que las autoridades hubiesen iniciado investigaciones. A este registro se sumaban las mujeres que habían vivido violencia en la familia y que terminaban su existencia asesinadas por sus parejas o familiares.

Ciudad Juárez vive desde esos años una situación compleja, por un lado un crecimiento económico importante a través de las maquiladoras instaladas en la ciudad, pero también un proceso de deterioro social que no veía reflejado dicho crecimiento económico. Así, al contexto de desigualdad y violencia generalizada en Ciudad Juárez, se sumaban formas extremas de violencia en contra de las mujeres. Ante la mezcla de silencio e impunidad local con la ineficacia que tenían las políticas públicas con las que el gobierno intentaba responder a esos hechos, se procuró la denuncia social en la comunidad internacional, que comenzó a ejercer presión haciendo visitas, reportajes e informes institucionales.

En ese contexto, el 6 y 7 de noviembre de 2001 se encuentran ocho cuerpos de mujeres y niñas tirados, con claros signos de tortura sexual, en un viejo campo algodonero dentro de la Ciudad. El hecho tuvo un gran impacto en la sociedad local e internacional, que ya tenía suficiente documentación de la impunidad en la que quedaban las desapariciones y homicidios de mujeres.

Por el impacto internacional y mediático que tuvo este hecho, las autoridades respondieron de manera rápida, pero de nuevo errónea: el 11 de noviembre de eso mismo año, cuatro días después de que se encontraran los cuerpos, se consignaron a dos hombres por delitos de homicidio y violación de los ocho cuerpos ahí encontrados –y supuestamente identificados- con claras sospechas de haber sido torturados. En febrero 2002, uno de los presuntos responsables muere en prisión.

Así, el 6 de marzo de 2002, tres madres de las mujeres identificadas como Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez, acompañadas por personas y organizaciones que en ese momento integraban la Red Ciudadana de No Violencia y Dignidad Humana presentaron una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que investigara los hechos.
No es usual presentar peticiones para que se analicen por violaciones a derechos humanos en un tiempo tan corto desde que los hechos hayan ocurrido, pues se requiere que se agoten los recursos jurídicos nacionales; pero el contexto de impunidad sistemático desde 1993 respecto de la violencia contra las mujeres en Ciudad Juárez y la respuesta criminal (por la tortura y pérdida de información central de las víctimas) del Estado, llevó a presentar en tan sólo cuatro meses la petición a la CIDH.

AWID: Nos podrías contar cómo fue el proceso que llevó a la CIDH a presentar la demanda contra México en la CoIDH.

Andrea Medina Rosas: Una vez presentada la petición a la CIDH no se tuvo más comunicación hasta el 24 de febrero de 2005 en que la Comisión declaró admisibles las peticiones de los casos. Cada uno de manera independiente.

La admisión se acompaña de la solicitud de mayor información sobre los casos para poderlos investigar a fondo. Para ese proceso, a petición de las propias madres, se sumaron otras organizaciones para su representación. A la Red Ciudadana de No Violencia y por la Dignidad Humana se sumó el Centro para el Desarrollo Integral de la Mujer A. C, como representes de los casos de Claudia Ivette González y Laura Berenice Ramos Monárrez. Para la representación del caso de Esmeralda Herrera Monreal se sumaron las organizaciones Asociación Nacional de Abogados Democráticos A. C y el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer.

Por cada caso se presentó un escrito de fondo que, respecto de Esmeralda Herrera Monreal, en él se solicitó expresamente a la CIDH conociera motu propio de los otros cinco casos de “Campo Algodonero” y se investigara el caso como un conjunto que sumara a las ocho víctimas encontradas. No se obtuvo respuesta positiva sobre ello por parte de la Comisión y en general se sostuvo una comunicación accidentada. La presión del gobierno mexicano para limitar los casos contrastaba con las acciones que la Comisión, a través de su relatoría de derechos de las mujeres, realizaba. Por ejemplo de investigación (en 2003 publicó un informe especial sobre la violencia en contra las mujeres en Ciudad Juárez) y desarrollo de argumentación en torno al derecho de la mujeres a una vida libre de violencia (en 2006 publica un informe sobre acceso a la justicia de mujeres que viven violencia).

De manera paralela, en el ámbito local y nacional sucedían muchas cosas en torno a los casos. La plena identificación de las víctimas no se tuvo hasta el año 2007 a través de la intervención del Equipo Argentino de Antropología Forense. En octubre de 2004, fue condenado a 50 años de cárcel el otro hombre consignado al inicio de las investigaciones, sin embargo en julio de 2005, el tribunal de apelación decretó absolver al condenado, por falta de elementos en su contra. Esto implicó que en 2006 se reiniciaran las investigaciones para localizar a los responsables de los homicidios de las ocho mujeres encontradas en “Campo algodonero”, sin tener respuesta a la fecha. En el ámbito federal, en 2003 se había iniciado otro tipo de investigaciones en torno a los casos, buscando vincularlos a delincuencia por tráfico de órganos, misma que duró hasta 2006 sin ningún resultado. Además de que en 2006 comenzaron eventos intimidatorios en contra de las personas que apoyaban y estaban a cargo de la representación, sumándose al hostigamiento y violencia que ya vivían las familias de las víctimas.

A inicios del 2007 la CIDH informa que decide acumular los tres casos y referirse a ellos en un solo informe. Lo anterior bajo el argumento de que las tres desapariciones y asesinatos ocurrieron dentro de la misma localidad y marco cronológico, y de que han sido investigados de manera conjunta por el Estado, identificándolos como los casos del “Campo Algodonero”. Considera además, que es necesario acumular los casos pues los hechos ocurrieron en un contexto de impunidad frente a actos violentos que afecta desproporcionadamente a las mujeres como grupo, lo que ha propiciado la repetición de estos actos, configurando un mismo patrón de conducta.

En Julio de ese año el Estado solicita una audiencia de solución amistosa, pero las madres de las víctimas solicitan de manera clara que el caso pase a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pues lo que se exige es justicia y no indemnizaciones monetarias. Al mismo tiempo la CIDH considera que el Estado no avanzó lo suficiente en el cumplimiento de las recomendaciones hechas en el informe sobre el caso, por lo que envía la demanda a la Corte IDH. La demanda fue notificada como aceptada por la Corte el 9 de diciembre de 2007.

AWID ¿Por qué es tan importante no solo para México pero para toda la región esta Sentencia?

Andrea Medina Rosas: Al aprobar en 1994 la Asamblea de Estados Americanos la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Convención Belem do Pará), convirtió a este continente como el primero –y hasta ahora único- que tiene un instrumento normativo y vinculante sobre esta forma de violencia sustentada en la discriminación sexual contra las mujeres. Esto ha propiciado un rico he intenso debate en la región sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia que fue nombrado como tal en las leyes internacionales apenas en 1992. Sin embargo, la interpretación judicial (a través de la CoIDH) era casi nula.

Este es el primer caso que llega a la Corte planteando desde su demanda violaciones a la Convención Belém do Pará. En este sentido tiene una importancia no sólo para México sino también para la región pues sienta las primeras bases de interpretación sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y sobre las responsabilidades de los Estados para garantizarlo, lo que es central para el trabajo que en cada país se realice.

Es importante también porque son casos sobre una forma particular de violencia en contra de las mujeres que en la región se ha ido documentando y debatiendo bajo los conceptos de femicidio o feminicidio. Los elementos que sugiera para su argumentación y para que el Estado responda por ello también es un aporte no sólo para México y la región interamericana, sino también para otras regiones del mundo.

Para Ciudad Juárez y para las madres de estas y todas las víctimas del feminicidio en esa ciudad, es un hecho central que se condene al Estado por la violación de derechos humanos en contra de mujeres. Son 15 años que el Estado ha negado en la práctica el problema desde ese contexto. El reconocimiento del daño y la condena para ejecutar medidas de no repetición son una nueva oportunidad para hacer de esta grave violación de derechos humanos un aprendizaje para construir de manera más sólida los derechos de las mujeres y sociedades basadas en la libertad y la igualdad para mujeres y hombres.

AWID: Podrías decirnos ¿cuál es la situación actual de los femicidios en Juárez, y no tan sólo allí?

Andrea Medina Rosas: La situación en Ciudad Juárez no sólo no ha mejorado, sino que ha empeorado por diversos factores. En los últimos dos años se ha recrudecido la violencia generalizada en la ciudad y se ha militarizado -al igual que otras zonas del país-. La presencia militar y de guerra contra el crimen organizado ha recrudecido la violencia en contra de las mujeres, de manera particular la violencia sexual y el feminicidio. Así, vuelven a aparecer cuerpos de mujeres asesinadas que aparentan rasgos de códigos de violencia del crimen organizado pero que no necesariamente corresponden a esos hechos, sin embargo, bajo esa apariencia se vuelve a justificar la no investigación de los hechos en torno a la violencia en contra de las mujeres.

Otro factor es que en Ciudad Juárez, también en los últimos años, se ha creado una campaña de desprestigio a las madres y organizaciones civiles que apoyan la denuncia de la violencia feminicida y la defensa de los derechos de las mujeres. Los medios de comunicación locales no transmiten ninguna información sobre los hechos y sostienen editoriales e información en los que consolidan un discurso en torno al “mito del feminicidio” planteando que tan sólo son fantasías que las madres se crean para ganar dinero.

También, las amenazas contra defensoras de derechos humanos se han recrudecido en los últimos dos años, lo que construye un claro clima para sostener la impunidad que ha caracterizado estos casos, ahora con un claro riesgo para las y los defensores de derechos humanos. Las organizaciones de mujeres y académicas siguen siendo las principales fuentes de documentación y de registro de los casos, en su gran mayoría en un trabajo todavía voluntario y sin un respaldo oficial para el acceso a la información.

Es importante mencionar que no se puede desligar esta situación de homicidios de mujeres por discriminación sexual, del contexto que en México y en la región se está dando de eliminación de derechos de las mujeres. De manera central con los retrocesos de libertades fundamentales como el derecho a la maternidad voluntaria, el derecho a un Estado laico y a la educación sexual, que ha creado un clima social de polarización en torno a los derechos de las mujeres y a las mujeres mismas como sujetos de derechos.

AWID: ¿Por qué siguen sucediendo, según to opinión, los femicidios y qué se debería hacer para reducirlos y poder llegar a tener a los verdaderos victimarios ante una Corte?

Andrea Medina Rosas: La violencia contra las mujeres está definida como una forma de violencia que tiene causas estructurales y ligadas a la histórica desigualdad entre mujeres y hombres, así como en la cultura de discriminación en contra de las mujeres. México, a pesar de haber firmado los instrumentos internacionales que sustentan dichas afirmaciones realiza sus acciones nacionales y locales ajeno a esos criterios. Sus acciones no atienden a las razones estructurales por lo que no logran cambios sustantivos en la situación de la violencia en contra de las mujeres.

Ante la ineficacia de las acciones realizadas en México, desde la academia y las organizaciones civiles se ha comenzado a plantear que un punto central tiene que ver con que el Estado simula actuar, simula prevenir y simula atender la violencia en contra de las mujeres, pero en realidad las acciones que realiza no tienen ni la continuidad, ni van dirigidos a las personas y ámbitos estratégicos para que se logren los cambios. Entonces sí, se han creado fiscalías especializadas, comisiones de investigación y atención, se ha recibido a todas la relatorías internacionales especializadas en el tema, se ha asignado presupuesto específico para el rubro, pero el hecho es que este año termina con un número más alto de homicidios de mujeres en Ciudad Juárez y con una pérdida de derechos centrales para las mujeres.

AWID: ¿De qué se trata concretamente esta sentencia? ¿Nos podrías decir cuáles son los puntos que consideras más importantes?

Andrea Medina Rosas: La sentencia fue publicada el jueves 10 de diciembre de 2009, día en el que se conmemora la Declaración Universal de los Derechos Humanos, lo que enmarca un reconocimiento al a consigna repetida desde 1993: “los derechos de las mujeres son derechos humanos”.

La sentencia, que resuelve un procedimiento de ocho años de búsqueda de justicia tanto en el ámbito local e interamericano, resuelve que México es responsable de violaciones a los derechos humanos de Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez, violando su derecho, y garantía, a la vida, a la integridad personal y a la libertad personal, así como responsable por el incumplimiento de sus obligaciones de legislar y actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer, estas violaciones agravadas en los casos de Esmeralda y Laura Berenice quienes eran menores de edad.

También reconoce la violación derechos humanos por parte del Estado Mexicano en contra de familiares de las víctimas por no garantizar el acceso a la justicia y a la protección judicial y por incumplir con sus obligaciones de legislar y actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer. Además reconoce que el Estado es responsable de violar el derecho a la integridad personal por los sufrimientos y hostigamiento en contra de familiares de las víctimas.

La Corte responsabiliza al Estado mexicano por violar el deber de no discriminación respecto de su también deber de garantía de los derechos ya entes mencionados tanto en contra de las mujeres asesinadas como de sus familiares.

La sentencia en sus más de 150 cuartillas realiza una reflexión importante sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia que tendremos que discutir en los siguientes meses. También resuelve la implementación de 15 acciones que el Estado tendrá que ejecutar en el plazo de un año para que la corte pueda decidir si se da por concluido el caso. Estos resolutivos se pueden agrupar en medidas de reparación y memoria a las víctimas, medidas de reparación de las violaciones de derechos a familiares, así como medidas de no repetición respecto de la discriminación y violencia contra las mujeres respecto de los derechos violados.

Es importante recordar que la sentencia siempre es una medida de reparación en sí misma, pues llegar al sistema interamericano de justicia implica que al interior el Estado no ha brindado los mecanismos adecuados para acceder a la justicia, y su condena significa que ahora no sólo tendrá que hacerlo para los casos específicos investigados, sino crear condiciones para que no se vuelva a repetir dichas violaciones de derechos humanos. Sin embargo, como toda sentencia, requiere de la vigilancia y monitoreo social para su cumplimiento. En ese sentido, el seguimiento de su implementación en este año que viene serán cruciales para que efectivamente se logre justicia. Para ello esperamos seguir contando con la solidaridad y atención de todas y todos dentro y fuera de México.

Por Gabriela De Cicco
Fuente: Awid

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