Argentina -Informe alternativo de organizaciones de la sociedad civil a la CEDAW
A pesar de las claras recomendaciones del Comité en el 2004, en este Informe no se advierte una activa preocupación del Estado argentino por incorporar perspectivas de género en todos sus proyectos, políticas y programas sociales y económicos, de forma de asegurar que éstos apunten a lograr el objetivo de la igualdad entre los géneros y el goce de sus derechos humanos por parte de las mujeres. La falta de jerarquización del mecanismo de promoción de los derechos de las mujeres, tema desarrollado en el apartado IV del presente documento, es la primera muestra de ello.
En general es preocupante la falta de información oficial estadística desagregada, que permita analizar el impacto de las políticas económicas y sociales en las mujeres, a fin de corroborar que éstas reviertan la tendencia de que las mujeres y las personas menores de edad son más pobres que los adultos varones, profundizando inequidades estructurales (ver apartado II). El mercado de trabajo no ha sufrido mayores transformaciones, en tanto siguen siendo las mujeres las que adolecen de mayor precariedad en el empleo. En general, las políticas sociales de transferencia de ingresos —incluso la positiva Extensión de las asignaciones familiares mediante la Asignación Universal por Hijo para la Protección Social – no reconocen tampoco la perspectiva de género (ver apartado III).
Llama también la atención la ausencia de políticas eficaces, y abordajes integrales, sobre problemáticas específicas de las niñas y mujeres. Así, en este Informe se expondrá sobre las falencias en las políticas tendientes a garantizar sus derechos sexuales y reproductivos y, en especial, la falta de respuestas adecuadas para reducir la mortalidad materna (apartado V); la desarticulación entre los programas destinados a prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres (apartado VI), en particular para combatir la trata de niñas y mujeres con fines de explotación sexual (apartado VII), y la violencia institucional sobre las mujeres privadas de libertad (apartado VIII).
Fuente: Cladem