Rep.Dominicana - Carta a Leonel Fernandez - Demandan inclusión de mujeres en nuevas instituciones
Nos dirigimos ante usted, las organizaciones firmantes, por medio del programa Ciudadanía Activa de las Mujeres, para que se respete y garantice la presencia equitativa de mujeres al momento de la elección de las/os integrantes del Tribunal Constitucional, Tribunal Superior Electoral y de la Suprema Corte de Justicia. Actualmente, en la República Dominicana las mujeres apenas hemos alcanzado el 20.8% de los puestos de la Cámara Baja y el 9.4% del Senado; el 33.3% de las Regidurías y el 7.7 de las Alcaldías y el 15% de los puestos ministeriales. La realidad es que estamos muy distanciadas/os de la meta del 30% de mujeres en puestos de liderazgo que debió lograrse en 1995, y mucho más aún de la meta de Objetivos de Desarrollo del Milenio en cuanto a paridad de género. Se ha comprobado que cuando las mujeres ocupan puestos políticos y de adopción de decisiones contribuyen a redefinir las prioridades políticas y a incluir en los programas de gobierno temas que atienden y responden a las preocupaciones en materia de género, los valores y las experiencias de las mujeres, ofreciendo nuevos puntos de vista sobre cuestiones políticas generales, lo que conlleva por lo general a reforzar la democracia y promover su correcto funcionamiento. En la Constitución Dominicana, proclamada el 26 de enero de 2010, la igualdad se reconoce como un valor supremo y principio fundamental esencial para la cohesión social (preámbulo), consagrándose, además como función esencial del Estado la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social (artículo 8). En virtud del artículo 39 de nuestra Carta Magna, resulta un mandato constitucional para el Estado, el “promover las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad sea real y efectiva”, el adoptar “medidas para prevenir y combatir la discriminación, la marginalidad, la vulnerabilidad y la exclusión”(numeral 3), el promover “las medidas necesarias para garantizar la erradicación de las desigualdades y la discriminación de género”(numeral 4), así como, el “promover y garantizar la participación equilibrada de mujeres y hombres en las candidaturas a los cargos de elección popular para las instancias de dirección y decisión en el ámbito público, en la administración de justicia y en los organismos de control del Estado”(numeral 5). Por otro lado, desde el 2004 el Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer expresó, con relación a nuestro país, “su preocupación por la limitada participación de la mujer en la toma de decisiones de los órganos del Gobierno y por la falta de comprensión y aplicación del artículo 4.1 de la Convención sobre medidas temporales especiales" por lo que, recomendó que el mismo “redoble sus esfuerzos y fortalezca las medidas legislativas o de procedimiento que sean necesarias, para asegurar la participación de las mujeres tanto en las estructuras de los partidos políticos como en las esferas política y pública”, considerando “la adopción de medidas temporales, de conformidad con el artículo 4.1 de la Convención y la recomendación general 25, para acelerar la total participación de mujeres en la vida política y pública y en la toma de decisiones de los órganos de gobierno a todos los niveles”. 1. Reiteramos que es un deber fundamental el “acatar y cumplir la Constitución” tal y como el Art. 75.1 de la misma lo establece y por lo cual;
Se despiden, muy atentamente, Directora Ejecutiva Centro de Investigación para la Acción Femenina Coordinadora - Foro Feminista Coordinadora - CLADEM RD Salud de las Mujeres
Fuente: Cladem
2. Demandamos que estos compromisos asumidos tanto a nivel nacional como internacional antes mencionados, sean respetados al momento de la elección de Juezas y Jueces del Tribunal Constitucional, del Tribunal Superior Electoral y de la Suprema Corte de Justicia en nuestro país.
La igualdad entre mujeres y hombres es una cuestión de derechos humanos que constituye una condición para el logro de la justicia social, además de ser un requisito previo necesario y fundamental para la igualdad, el desarrollo y la paz[6].
Esperando su respuesta favorable ante nuestros reclamos.