El Foro social contra la trata presenta el protocolo marco de protección a las víctimas
Más de una decena de Ongs junto con otras Instituciones y Administraciones Públicas han sido convocadas por el Delegado del Gobierno para la Violencia de Género con el fin de analizar y recibir sus propuestas y recomendaciones durante la presentación del borrador del Protocolo Marco de Protección de Víctimas de Trata de Seres Humanos con Fines de Explotación. Las entidades tienen hasta el viernes para presentar por escrito las aportaciones que hoy han comentado, ya que el Gobierno quiere aprobar el Protocolo a finales de octubre. El objetivo del Protocolo es establecer las pautas de actuación para la detección, identificación, asistencia y protección de las víctimas de trata de seres humanos, identificar a las instituciones implicadas en dichos procesos y definir los mecanismos de coordinación entre las administraciones con responsabilidades en la materia, así como los procesos de comunicación y cooperación con organizaciones y entidades con experiencia acreditada en la asistencia a las víctimas de trata. Las entidades sociales especializadas en la asistencia integral a víctimas reivindican que se garantice en el protocolo su participación, desde el momento de la detección y a lo largo de todos los procesos previstos en el protocolo, con el fin de poder ofrecer a las víctimas una correcta información y asistencia que cubra sus necesidades y asegure el acceso a sus derechos. Pero aunque el protocolo “reconoce y valora” la importancia de las entidades sociales, luego “no recoge y garantiza de manera precisa su participación en cada una de las fases”, explica Marta González, coordinadora del Proyecto Esperanza. Esa es una de las recomendaciones que presentarán el viernes. La creación de este protocolo figura en el artículo 140 del Reglamento que desarrolla la Ley de Extranjería y que entró en vigor el pasado 1 de julio. Un reglamento “fundamental” para las víctimas de trata, pues hay muchos detalles y medidas de protección contempladas en el Plan contra la Trata de Seres Humanos con Fines de Explotación Sexual que aún no pueden aplicarse ante la ausencia de una normativa que lo respalde. Esa era una de las razones por las que las organizaciones lo esperaban. Sin embargo, la alusión a ese Protocolo Marco de protección de Víctimas de Trata volvió a “dejar en el aire” cuestiones importantes que se necesita precisar. “El borrador que se ha presentado incluye bastantes aspectos que valoramos positivamente, fundamentales para garantizar todo lo referido a la identificación, seguridad y protección de las víctimas de trata”, asegura Marta. Enfoque amplio Las organizaciones valoran que se ha hecho un esfuerzo por precisar todo el proceso. Además, les parece positivo que el Protocolo tenga un “enfoque amplio” y esté referido a todo tipo de víctimas de trata - no solo de explotación sexual – y aplicable para cualquier tipo de situación administrativa de las víctimas. Un aspecto fundamental es la propia definición de víctima de trata que realiza el documento: cualquier persona que hay sido objeto de la conducta de trata, con independencia de que haya denunciado o no. Con este reconocimiento, las organizaciones ganan una gran batalla, que siempre han defendido la necesidad de desvincular los derechos y garantías de las víctimas de la existencia o no de denuncia por su parte. No figura en el documento, sin embargo, tan específicamente como les gustaría a las entidades, la perspectiva de los derechos humanos. Para esto, una de las aportaciones que harán las asociaciones será el incluir al comienzo del protocolo unos principios generales de actuación que “fundamentalmente valoran que se parta de la base de que el delito de trata es una violación de los derechos humanos y que den prioridad a la protección de la víctima”. Concretamente, mediante el presente Protocolo Marco se pretende definir el procedimiento de identificación de las víctimas de trata de seres humanos y regular la actuación de las autoridades con responsabilidades en dicho proceso. También establece las pautas para la evaluación de los supuestos riesgos a los que se exponen las víctimas y la determinación de las medidas de protección, y recoger los aspectos relativos a la denuncia y puesta en conocimiento de la autoridad judicial. Asimismo, el recurso tiene como objetivo identificar los elementos necesarios para proporcionar una información adecuada a las víctimas sobre sus derechos, servicios y recursos así como criterios para una correcta evaluación de las necesidades de la víctima, que permitan una asistencia adecuada. Víctimas de trata extranjeras En cuanto a las víctimas de trata extranjeras, el protocolo preverá su inclusión de en programas de retorno voluntario y detallará, cuando se encuentre en situación irregular, el procedimiento para la concesión del periodo de restablecimiento y reflexión y, en su caso, la exención de responsabilidad y la concesión de la correspondiente autorización de residencia y trabajo o el procedimiento de retorno asistido. Conceptos sin definir Las organizaciones han señalado “la necesidad de definir qué se entiende por “colaboración con las autoridades” y por “situación personal de la víctima”. “Los permisos de trabajo, de residencia, etc., dependen de cómo queden precisados estos conceptos; nosotras vamos a proponer que la definición se realice de acuerdo al Convenio Europeo”, explica marta González. El Protocolo también busca establecer actuaciones específicas en caso de víctimas menores de edad, para lo cual dedica el título VIII. Las especialistas valoran positivamente este intento, pero exigen “coherencia con el protocolo de aplicación en el caso de menores extranjeros no acompañados”. A través del documento se definirá la coordinación entre las distintas Administraciones, Instituciones y entidades que intervienen en las distintas fases del proceso. Fuente y fotos: AmecoPress