diciembre 04, 2008

¡Removamos los obstáculos! En el buen camino hacia la igualdad

La cantidad de mujeres que trabajan hoy en día, en la economía formal, no guarda precedentes. Hay una mayor proporción de mujeres en los servicios públicos y las políticas de igualdad de oportunidades en el ámbito global siguen creciendo. No obstante, mientras todos estos hechos suceden, las mujeres continúan enfrentando múltiples formas de discriminación en el mercado de trabajo. A pesar de que en materia de formación académica y de experiencia laboral las brechas de género se han reducido, en términos generales, las mujeres aún ganan menos que los hombres, son mayoría en los empleos informales y atípicos, deben sortear más obstáculos para obtener cargos altos y conservarlos, y soportan con desigualdad el peso de las responsabilidades familiares. Las prácticas discriminatorias que se sustentan en la hipótesis de trabajos “adecuados” para las mujeres, o en su función reproductora siguen existiendo.

Hace cincuenta años, la Organización Internacional del Trabajo adopto el instrumento internacional más completo y específico sobre la discriminación e igualdad en el mundo del trabajo: el Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111). Aunque data de fines de la década del cincuenta, este instrumento era adelantado para su tiempo y tiene tanta vigencia hoy como la tuvo en sus inicios. Hoy conmemoramos el cincuentenario de este Convenio clave sobre la igualdad y los avances que desde entonces se han logrado. Sin embargo, el objetivo de eliminar todo tipo de discriminación en materia de empleo y ocupación previsto por el Convenio continua siendo lejano y nos invita a reflexionar. Para caminar la vía que permita llegar a la igualdad, es hora de identificar y suprimir los obstáculos que aún persisten y promover en forma activa la igualdad de género.


La Igualdad de género en el trabajo: Un derecho y principio fundamental


Desde 1919, la OIT ha procurado garantizar los derechos laborales y mejorar las condiciones de trabajo de las mujeres y los hombres. El principio de igualdad está consagrado en la Constitución de la OIT, y fue plasmado por primera vez en un instrumento aplicable en el año 1951, cuando la OIT adoptó el Convenio sobre igualdad de remuneración (núm. 100). Al reconocer que no se puede abordar con eficacia la discriminación en materia de remuneración sin garantizar una protección más general contra la discriminación en materia de empleo y ocupación, la OIT adoptó en 1958 el Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación) (núm. 111). Años después, en 1998, reafirmó el compromiso con la eliminación de la discriminación en la Declaración relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Y, en 2008, la Declaración sobre la justicia social para una globalización equitativa también reafirma que la igualdad de género y la no discriminación son cuestiones transversales que están presentes en toda la labor de la OIT.


El Convenio núm. 111 goza de una amplia aceptación


1. Los avances que se han logrado en la aplicación del principio de igualdad de oportunidades y trato entre hombres y mujeres y la función destacada que ha tenido el Convenio durante estos cincuenta años son dignos de mención. Todo esto constituye constituir un incentivo más para lograr la ratificación universal de este convenio clave de igualdad así como también una mejor aplicación.


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Fuente: Oficina para la Igualdad de Género OIT

Sí a la Diversidad Familiar!
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