Bélgica vota a favor de prohibir el uso del velo integral
Amnistía Internacional ha condenado una votación celebrada el jueves en la Cámara Baja del Parlamento belga, en la que se aprobó por abrumadora mayoría prohibir el uso en público de velos que cubran todo el rostro. Votaron a favor de la medida 140 parlamentarios, y hubo dos abstenciones y un voto en contra.
“La prohibición absoluta de cubrirse el rostro viola la libertad de expresión y religión de las mujeres que llevan burka o niqab como expresión de su identidad o sus creencias", ha manifestado John Dalhuisen, experto en cuestiones de discriminación en Europa, de Amnistía Internacional. “La decisión belga de prohibir llevar velos integrales, la primera de Europa, sienta un peligroso precedente –ha explicado John Dalhuisen.
Las restricciones de derechos humanos deben ser siempre proporcionales a un objetivo legítimo. Esta prohibición total no lo es." Amnistía Internacional pide al Senado belga que ejerza su prerrogativa de revisión de la ley para examinarla detenidamente teniendo en cuenta las obligaciones contraídas por Bélgica en virtud del derecho internacional de los derechos humanos. El Senado debe pedir la opinión del Consejo de Estado belga sobre la legalidad de la medida. Aunque la ley está redactada en términos generales, de manera que lo que se tipifica como delito es toda forma de cubrirse el rostro que impida la identificación de la persona, es evidente, por los debates parlamentarios, que su objetivo principal es impedir que las mujeres musulmanas lleven velos como el burka o el niqab.
Los políticos belgas sostienen que la ley es necesaria por seguridad pública y para proteger a las mujeres que sean obligadas a cubrirse totalmente el rostro. De acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos, el único motivo legítimo para restringir el derecho a la libertad de expresión y religión es la protección de la seguridad, el orden o la moral públicos y de los derechos del prójimo.
Amnistía Internacional cree que puede responderse a una preocupación legítima por la seguridad con restricciones específicas del uso de velos que cubran completamente el rostro en lugares de alto riesgo bien definidos.
También puede pedirse a las personas que muestren su rostro si es necesario objetivamente. “Si no existe ninguna relación demostrable entre el uso en Bélgica de velos integrales y una amenaza real contra la seguridad pública, no puede haber ninguna justificación para la restricción de la libertad de expresión y religión que comporta la prohibición absoluta del uso de velos para el rostro en lugares públicos”, ha explicado John Dalhuisen.
Los Estados tienen la obligación de proteger a las mujeres contra la presión que pueda ejercerse sobre ellas en sus hogares o comunidades para que se cubran totalmente el rostro con un velo, y deben cumplirla interviniendo en casos concretos por medio del ordenamiento jurídico penal o familiar.
Deben también combatir los estereotipos de género causantes de la discriminación de las mujeres. Para ello será necesaria una variada gama de políticas sociales y públicas y medidas educativas.
“Lejos de hacer valer los derechos de las mujeres, este tipo de prohibiciones generales violan los derechos de las que deciden llevar velos integrales, a la vez que apenas hacen nada para proteger a las que los llevan en contra de su voluntad, que están expuestas a sufrir mayor confinamiento aún a causa de ello –ha afirmado John Dalhuisen–. No puede cumplirse la obligación de combatir la discriminación imponiendo una media que es en sí misma discriminatoria."
Fuente: AI España