junio 29, 2013

El castigo como regulador de las relaciones sociales. La reforma que criminaliza el aborto destaca en una reforma del Código Penal que incluye otras medidas que afectan especialmente a las mujeres.

Derecho a decidir. Protesta en Vigo por el derecho al aborto, mayo de 2013. / GALIZA CONTRAINFO

De nuevo el poder da un paso más hacia un modelo de Estado donde el castigo sea la herramienta principal para regular las relaciones sociales. El anteproyecto de la Ley Orgánica por el que se pretende modificar el Código Penal de 1995 supone un paso más hacia un modelo de derecho penal cada vez menos subsidiario.

El texto de la reforma presenta graves retrocesos que atentan contra el propio concepto de estado de derecho, siendo el más alarmante de ellos la prisión permanente revisable, que plantea una condena de prisión perpetua de forma encubierta. Sin embargo, a esta propuesta le acompañan otras que revisten también gravedad. El aumento de las penas en los delitos relacionados con la movilización social, como el de desobediencia o de desórdenes públicos, y el aumento de las penas de los delitos leves contra la propiedad pone de manifiesto cuáles son los “autores” que este derecho penal quiere castigar especialmente: disidentes políticos y pobres.

La criminalización de la pobreza atenta contra las personas más vulnerables, como son las personas migrantes y las mujeres. La mujer pobre es el eslabón último y más invisible de una cadena de precariedad y, por tanto, cualquier reforma legislativa que suponga un ataque a la pobreza le afecta gravemente. Veamos algunas de estas reformas concretas.
Mucho más que el aborto

La reforma de la ley del aborto sin duda supone un retroceso en el derecho de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo. Con esta reforma el Gobierno no sólo se aleja de la legislación europea, sino que condena a embarazos y partos contra su voluntad a las menores de 16 años y pone en peligro la salud y las vidas de las mujeres que se vean abocadas al aborto clandestino. Especial­mente vulnerables a esta situación de abortos clandestinos son las mujeres en riesgo de exclusión o inmigrantes sin permiso de residencia y trabajo.

Pero hay más, el endurecimiento de los delitos que atentan contra la propiedad es otra de las modificaciones que afecta especialmente a las mujeres pobres –madres solteras sin ingresos, desahuciadas, inmigrantes irregulares, etc–.

La reforma suprime la falta de hurto convirtiéndolo en delito leve. La calificación de leve o grave no atenderá al valor del bien hurtado, y será grave cuando el hurto se cometa por personas “organizadas o profesionales,” sin entrar a definir estos conceptos. Por ejemplo, el hurto así cometido de alimentos en un supermercado será delito grave.

En un panorama de crisis como el actual donde cada vez hay un número mayor de personas carentes de los recursos más básicos, la figura del “profesional del hurto” se extiende como una expresión clara de la pobreza. Hechos que antes suponían una falta de hurto ahora podrían ser castigados como un delito agravado con penas de uno a tres años de prisión.
Golpe a la subsistencia

Continua la reforma en esta línea cuando se enfrenta a lo que considera “el enorme problema generado por la sustracción de cable de cobre de las redes del servicio público.” Este tipo de hurto será considerado como un agravante a la hora de ser penado.

No es necesaria una reflexión muy elaborada para concluir que aumentar las penas previstas para hurtos de menor cuantía realizados por personas “organizadas,” (como la sustracción de cable de cobre o el top-manta) supone un claro reforzamiento del derecho penal frente a las personas más empobrecidas, siendo mujeres pobres y las personas migrantes las más afectadas.

A los defensores de derechos fundamentales les queda denunciar una reforma del Código Penal que agrava las penas de los delitos más leves y que están directamente relacionados con la subsistencia de los que menos tienen, que aumenta el castigo a la protesta social y contempla la figura de la prisión permanente en su texto.

El castigo y la pena deben ser las herramientas últimas, esto es, subsidiarias, que una sociedad democrática utilice para solucionar sus conflictos, mientras construimos una sociedad igualitaria y justa para todos y todas.

Críticas por los efectos sobre la violencia

A finales de mayo, el PSOE criticaba el anteproyecto de reforma del Código Penal en función de la rebaja de penas en los casos de violencia, así como la eliminación de la causa de delito de las vejaciones injustas leves. A esto se suma la reducción del 27% de la cuantía destinada a lucha contra la violencia de género en los presupuestos.

Pastora FILIGRANA. Cooperativa Jarsia Abogados y Grupo 17 de Marzo
Fuente: Periódico Diagonal

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