noviembre 28, 2017

Paternidad y patriarcado. El debate sobre la Reforma al Código de la Niñez y Adolescencia en Ecuador

Foto tomada de Mujeres Igualdad Ec

Actualmente, en Ecuador se encuentra en debate una propuesta de Reforma al Código de la Niñez y Adolescencia respecto a la tenencia compartida de los hijos e hijas por parte de ambos progenitores.

Durante los últimos meses, un grupo de padres autodenominados Papitos Querendones han incentivado la Reforma, con el argumento de que la actual legislación limita sus derechos de paternidad, al tiempo que coloca a los padres como proveedores principales de las pensiones alimenticias.

Por su parte, varias organizaciones de mujeres y de la sociedad civil han denunciado que el proyecto es inconsulto, en tanto no ha sido resultado de un debate equitativo entre las partes involucradas, y misógino, pues no toma en cuenta el contexto machista en el que se efectúan las relaciones familiares en el país.

Hasta la fecha y en la mayoría de los casos, tras la separación de la pareja, la custodia de las hijas e hijos es entregada a la madre, siendo ella quien se hace cargo de la mayor parte de sus cuidados. En oposición, existe un número mínimo de casos en los que los padres asumen esta responsabilidad. Es de sobra conocido que la abismal diferencia entre madres y padres con custodia de los hijos e hijas, no se debe tanto a que las madres ganen todos los juicios, sino a que, hasta ahora, la mayoría de los padres no solicitan la custodia.

A pesar del incremento de la participación femenina en el mercado laboral, las cifras del Instituto Nacional De Estadísticas y Censo de Ecuador (INEC), respecto a uso del tiempo, revelan que en promedio las mujeres dedican un total de 4,95 horas a la semana más que los hombres al cuidado de menores de 12 años, lo cual se traduce en menor tiempo semanal dedicado a trabajo remunerado, esparcimiento y descanso [1] .

En el contexto del debate sobre la Reforma al Código de la Niñez y Adolescencia, que pretende establecer la custodia compartida como medida preferente para ambos progenitores, es imprescindible preguntarse ¿por qué la inclusión de las madres en el mercado laboral no se corresponde con un incremento de la participación de los padres en las tareas de cuidado?, ¿por qué tras la separación, los progenitores no llegan a acuerdos sobre la tenencia de sus hijas e hijos?, y en caso de hacerlo, ¿por qué no establecen la custodia compartida como modalidad preferente, avanzando hacia una distribución equitativa del cuidado?

Foto: Mujeres Igualdad Ec

El debate contemporáneo

A nivel internacional, el debate de la custodia compartida – y la coparentalidad – se encuentra en auge. En junio de 2017, el Congreso de los Diputados de España aprobó una moción por la que se pide al Gobierno que realice las modificaciones necesarias para que el Código Civil contemple la guardia y custodia compartida de los hijos e hijas como modalidad preponderante. En ese país, actualmente ya se concede la custodia en uno de cada cuatro divorcios y separaciones [2]. Sin embargo, varias organizaciones y representantes políticos han manifestado sus objeciones frente a la propuesta argumentando, por un lado, que tal legislación desconoce el contexto español, donde la verdadera corresponsabilidad en la crianza aún es una utopía, y por otro lado, que la custodia compartida impuesta sin acuerdo representa una forma más de violencia contra las mujeres, y puede ser perjudicial para los niños y niñas. Un caso emblemático que evidencia esa problemática es el de la española Juana Rivas, quien se encuentra disputando la custodia de sus hijos frente a su ex pareja, condenada por violencia en su contra [3] .

En Latinoamérica, el tema también ha sido discutido en años recientes. En 2013, Chile aprobó la Ley denominada Amor de Papá, que crea la figura del cuidado personal compartido como alternativa legal para los padres que se separan, siempre en caso de mutuo acuerdo. Por su parte, en 2014, la expresidenta de Brasil, Dilma Rousseff, sancionó sin vetos la modificación del Código Civil que determina como norma la custodia compartida en el caso de divorcios sin litigio. “Según la normativa, en la custodia compartida el tiempo de convivencia con hijos debe ser dividido de forma equilibrada entre la madre y el padre, siempre teniendo en cuenta las circunstancias y los intereses de los menores.”[4] En Argentina, en 2015, se hicieron modificaciones similares al Código Civil en favor de la asunción del “cuidado personal” de los hijos por ambos padres, poniendo fin a la patria potestad.

A excepción del caso de Chile, los cambios en la normativa no han considerado el mutuo acuerdo como un requisito para la custodia compartida, excluyendo la consideración de los motivos por los cuales los progenitores no consienten mutuamente esta modalidad de cuidado como parte del marco legal.

En Ecuador, el necesario avance hacia una distribución más equitativa de las tareas de cuidado de las hijas e hijos no puede dejar de lado este aspecto, pues implicaría negar que, más allá de la voluntad individual de ciertos padres y madres de dividir el cuidado de sus hijos equitativamente, aún existen importantes limitaciones para que aquella condición se generalice, los cuales han sido parte de las reflexiones de los movimientos de mujeres y feministas, e incluyen temas como la desigualdad estructural entre hombres y mujeres, la violencia machista y la permanencia de los roles de género socialmente establecidos que siguen asignando la responsabilidad del cuidado a las mujeres.

La custodia compartdia como parte de un nuevo paradigma sobre el cuidado y las relaciones de género.

Aunque las actuales discusiones y reformas a nivel internacional muestren el tema como una problemática reciente, la demanda por el involucramiento equitativo de los padres en el cuidado no es nueva. Desde hace décadas, los movimientos de mujeres y feministas han sostenido la necesidad de reconocer tareas como lavar, planchar, cocinar, jugar, acariciar, bañar, en general cuidar a los hijos e hijas, como un trabajo que debe ser valorado socialmente, y de equilibrar dicha carga entre hombres y mujeres, como un mecanismo esencial de lucha por la equidad de género.

Más allá de promulgar el incremento de la autonomía de las mujeres, la histórica apuesta por la equidad que estos movimientos impulsamos, implica la concreción de un nuevo paradigma que reconozca la importancia del trabajo de cuidado para el sostenimiento de la sociedad en su conjunto. Así, estas tareas y las personas que las realizan dejarán de considerarse subordinadas. En este nuevo paradigma, la contribución en las tareas de cuidado por parte de todos quienes componen la sociedad, se asumirá como una responsabilidad común de extrema valía.

Una transformación de ese tipo podrá extender su impacto a otros ámbitos de las relaciones de género que, debido a factores como la mayor amenaza de desempleo para las mujeres, su mayor informalidad en el mercado laboral, la permanencia de una brecha salarial, entre otros, permanecen marcadas por el machismo y dificultan la concreción de la coparentalidad verdaderamente equitativa.

Asimismo, se ha identificado como un elemento indispensable, la erradicación de la violencia machista. Este es un requisito que pretende salvaguardar la integridad, tanto de las madres como de los hijos e hijas, y que no puede ser sacrificado en la búsqueda de equidad con el supuesto del “amor filial”, pues no sólo se afectaría la salud emocional de las hijas e hijos al constatar los maltratos por parte de su padre hacia su madre, sino que también tornarán el proceso que los progenitores deban realizar, en la consecución de la custodia compartida, en una revictimización o una potencial amenaza de violencia para las madres.

En resumen, se puede constatar dos aspectos fundamentales que dificultan la implementación de la coparentalidad e imponen retos en la consecución de una verdadera equidad en el cuidado. El primero es la persistencia de patrones de género en cuanto a la división sexual del trabajo, que aún otorgan la responsabilidad del cuidado a las mujeres, educándolas desde muy jóvenes en el desarrollo de un conjunto de destrezas necesarias para esa tarea, aspecto que aún no se masifica en los hombres. El segundo es la persistencia de relaciones machistas y violentas por parte de los hombres, las cuales pueden traducirse en una manipulación del tema de la custodia compartida como un mecanismo más de ejercicio de poder.

Ambos componentes están atados y, por lo tanto, deben ir a la par, de otra forma la propuesta respecto a la coparentalidad podría terminar encubriendo con el adjetivo de “buenos padres” a hombres que siguen siendo violentos y machistas, y que no tienen intenciones de abandonar su posición predilecta en la sociedad. Los puntos problemáticos identificados en la propuesta de Reforma al Código de la Niñez y Adolescencia en el Ecuador manifiestan justamente estos factores.

Foto: Mujeres Igualdad Ec

Limitaciones y riesgos de la reforma

La imposición de la custodia compartida sin mutuo acuerdo es el primer contenido de alarma presente en la propuesta. La mayor parte de los padres en Ecuador no se interesan ni disponen actualmente de varias de las habilidades necesarias para el cuidado de los hijos e hijas, aspecto que tendrá que desarrollarse progresivamente, antes de asumir la coparentalidad como norma, si es que se pretende el bienestar del menor.

Los datos sobre juicios de alimentos y juicios de visitas manifiestan tal realidad, puesto que en 2017, los juicios por visitas representan apenas el 1,3% frente al total de juicios por alimentos.

La imposición de la custodia expone a las mujeres a nuevas violencias por parte de los padres, razón que debe ser considerada como uno de los motivos por los cuales los progenitores no llegan a un mutuo acuerdo al respecto. Testimonios de mujeres divorciadas hablan de amenazas por parte de los padres hacia las mujeres en caso de exigir una pensión de alimentos, negaciones de los padres de otorgar la autorización sobre la tutela de los hijos e hijas a las madres, para que éstas puedan volver a casarse; además del conjunto de violencias y maltratos previos a la separación que podrían continuar en cada encuentro, incurriendo en re victimización de las mujeres.

El 48,7% de las mujeres ecuatorianas ha vivido algún tipo de violencia por parte de sus parejas o ex parejas [5].

Otro aspecto conflictivo es el recálculo de las pensiones alimenticias, tomando en cuenta el tiempo de cuidado que realizan ambos progenitores, a diferencia de la actual legislación que establece este valor en función de sus ingresos. Sobre este punto, se pueden identificar al menos dos problemas. El primero, la persistencia de una falsa naturalización de la feminidad como predisposición al cuidado, evidente en el hecho de que se pretenda reconocer este tipo de trabajo ahora que los hombres comienzan o pretenden querer involucrarse en él. De ahí el porqué del adjetivo “querendones”, pues a diferencia de las mujeres, para quienes tareas como lavar, barrer, cocinar, hacer las compras, cambiar pañales, contar cuentos, etc., se consideran naturales, para los hombres el cumplir su tarea como padres se sigue viendo como algo extraordinario y meritorio.

El segundo, el desconocimiento del contexto de desigualdad estructural entre hombres y mujeres en el Ecuador que, como hemos descrito con anterioridad , se traduce en una mayor vulnerabilidad económica para ellas.

Según datos del INEC, los hombres con empleo pleno ganan USD 101,44 más que las mujeres. Eso significa que la nueva forma de cálculo podría terminar perpetuando la feminización de la pobreza y la precarización del nivel de vida de los hijos e hijas debido a la disminución de las pensiones en términos reales.

Un aspecto problemático, que se suma a los anteriores, radica en que en la propuesta de Reforma se pretende pedir que las madres rindan cuentas sobre los gastos que realicen con el dinero de las pensiones. Esta propuesta parte del supuesto machista de que las madres son “vividoras” a expensas de las pensiones de sus hijos. Este prejuicio se desmonta por sí solo si se toma en cuenta que, según datos del Consejo de la Judicatura, el 85,09% de las pensiones no supera los USD 200 al mes, y hasta julio de 2017, el 69,04% de los padres debían dos o más pensiones alimenticias. Aspectos como estos se podrían seguir enlistando para demostrar que tal como está presenta la Reforma al Código, no puede ser aceptada.

¿Cómo avanzar hacia la coparentalidad?

La discusión pasa por entender que la forma en la que se han construido socialmente los roles de género, implica, en el caso de los hombres, una particular masculinidad que se fundamenta en privilegios y que, en muchos casos, está asociada a la violencia. La masculinidad tradicional tiene que ser cuestionada, y en muchos aspectos, contrarrestada como condición para poder garantizar una paternidad sana, y avanzar hacia la distribución equitativa del cuidado de los hijos e hijas.

Coparentalidad, equidad de género y erradicación de la violencia machista son parte de un ejercicio el que ninguno de estos elementos puede avanzar sin los demás. Mientras no se den muestras de una reducción de la violencia y las inequidades contra las mujeres, no se podrá implementar la coparentalidad. Mientras los argumentos para una reforma sean el uso de criterios machistas en contra de las mujeres, es complejo pensar que el cuidado por ambos progenitores sea posible. No pasa por una ley, pasa por entender que la reforma a la masculinidad con los hijos e hijas no es suficiente, y que un agresor nunca será un buen padre. No son discusiones aisladas, todas parten de la misma matriz.

Muchas de nosotras somos hijas de padres ausentes, vinimos con la idea de este era un problema privado, un asunto entre progenitores con las mismas condiciones que simplemente no lograban ponerse de acuerdo, pero no es así. Si bien para las madres aún hay un conjunto de barreras por romper, quisiera concluir preguntando a los hombres que impulsan la Reforma si se han cuestionado la pérdida que denuncian como padres, frente al conjunto de privilegios que aún detentan.

La discusión sobre la custodia compartida no comienza ni termina con la Reforma. La propuesta de cambio al Código de la Niñez y Adolescencia que se propone actualmente solo revela el trasfondo de machismo y desigualdad que aún pervive en la sociedad ecuatoriana y en el mundo. No sólo que no podemos aceptar que se apruebe la Reforma tal como está planteada, sino que debemos exigir al Estado y a la sociedad en su conjunto que profundice el nivel del debate al respecto, de tal forma que alcance a dilucidar las conexiones existentes entre los distintos tipos de inequidades entre hombres y mujeres, las relaciones de poder que aquellas inequidades producen, y cómo éstas se traducen en violencia, afectando no solo a las mujeres, sino al tejido social en su conjunto.

Foto: Mujeres Igualdad Ec



Fuente: La Periódica
[1]INEC, Encuesta de Uso del Tiempo, 2012. 

Sí a la Diversidad Familiar!
The Blood of Fish, Published in