enero 09, 2019

Romper el silencio, la reparación de las mujeres. Una mirada feminista desde el derecho penal.


Ilustración de Carolina Tealdi (La Coco)

La configuración de un espacio de mujeres actrices militantes de derechos humanos en Argentina existe desde hace muchos años. Sin embargo, la existencia de un colectivo de actrices que reclama una agenda feminista es novedosa. Fue la marea verde la que impulsó la creación de la colectiva.

Nacieron a principios de 2018, en el marco de los debates parlamentarios por la Ley de interrupción voluntaria del embarazo, y se sumaron a la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito. La incipiente organización conformada, en un principio, por poco más de 20 actrices, rápidamente sumó cerca de 400, y se estructuró a través de asambleas semanales con el objetivo de formarse en feminismo(s).[1] 

La colectiva trascendió la derrota en senadores. La labor a partir de allí se volvió más ardua. Sin embargo, en vez de replegarse decidieron darse una agenda más amplia. La conformación de esta colectiva abrió un espacio propicio para pensar en torno a las violencias machistas, sobre todo en sus lugares de trabajo. 

En este artículo nos interesa destacar la potencia y la fuerza que toma la lucha cuando trasciende lo personal hacia lo grupal y de qué formas se puede proyectar hacia el ámbito de la denuncia penal.

Lo que resulta novedoso en la estrategia elegida por la colectiva de actrices argentinas feministas es que presentaron un caso particular de abuso sexual, para transformarlo en un hecho histórico, reparador y político. Esa reparación colectiva, que trasciende a la propia víctima, genera en las mujeres la confianza de no sentirse solas frente a una denuncia penal. 

Las actrices anunciaron, días previos al martes 11 de diciembre, que darían una conferencia de prensa en la que presentarían hechos de abuso sexual en el medio artístico. La conferencia fue transmitida por casi todos los medios de comunicación. El anuncio anticipado generó la expectativa de la audiencia que esperaba saber qué tenían para decirnos. La lectura de un documento consensuado por ellas fue el escenario y Thelma Fardín encontró contención para poder dar su testimonio, abrazada por sus compañeras. 

Una mirada posible desde el derecho penal. La víctima.

La relevancia de este hecho histórico y político es, justamente, el modo en que Thelma ha logrado, junto a las actrices, trascender el concepto de víctima del derecho penal para posicionarse como otro tipo de víctima, ya empoderada. Se pueden distinguir dos instancias en este proceso, cada una de las cuales representa dos modos distintos de ser víctima.

Un primer momento se ubica en la proyección del testimonio audiovisual, en el que la damnificada describe detalladamente la plataforma fáctica de la denuncia que formuló en Nicaragua, lugar en el que ocurrieron los hechos. Ese relato, narrado entre lágrimas, da cuenta de un abuso sexual con acceso carnal, contra una joven menor de edad (16 años) en un país extraño, cometido por un adulto que casi la triplica en edad.

La víctima representada en el video es la que encaja en la concepción de víctima adecuada del derecho penal: una menor de edad, sometida a una relación de poder basada en el género, con una gran diferencia de edad con su victimario, sumado a la gravedad del hecho. La víctima entonces es presentada como una buena víctima: frágil, disciplinada, dañada. Como relata Iglesias “el derecho penal instrumentaliza imágenes de cuerpos sufrientes que tienden a producir estereotipos de quién puede ser víctima, la circunstancias que definen un caso de violencia y cómo debe comportarse una víctima o qué debe decir”. [2]

Ese momento de la conferencia, encaja con la noción de víctima que exige el sistema penal (machista, patriarcal y selectivo) para los casos de abuso sexual de mujeres, que no es otro que el de una sujeta pasiva, débil y dañada.

Los segundos finales del audiovisual son un sutil enlace entre la imagen de Thelma atravesada por el dolor y la de Thelma empoderada, que se hilvana por la contundencia de la frase #miracomonosponemos. 

En un segundo momento, la representación de la “víctima adecuada” del derecho penal con Thelma en el escenario rodeada de sus compañera, es subvertido en otro tipo de representación. El espacio destinado a las preguntas de la prensa, da cuenta de una mujer fuerte, que no llora, que no se quiebra. Que responde a todas las preguntas y que incluso pone límites a lxs periodistas que no se ajustan a las prácticas que exige la profesión con enfoque de género. 

Las críticas que se hacen al derecho desde el feminismo intentan desbaratar esa única imagen posible de una “víctima de violación”, como una mujer inocente que necesita consuelo. Porque el derecho penal exige, en palabras de Bodelón, una determinada posición de la damnificada en el proceso y supone una víctima con determinadas actitudes y características. Por eso, algunas rechazan el término “víctima” ya que implica pasividad, para reemplazarlo por el de “superviviente”, que implicaría un rol más positivo y enfatiza las estrategias que diariamente son utilizadas por las mujeres para hacer frente a diversas experiencias. [3]

Ese segundo momento solo puede ser entendido a partir del marco de contención que brinda la colectiva. Más aun, la forma escogida para romper el silencio es una reparación en sí misma, que va más allá de la suerte que corra la causa penal. Esa reparación colectiva, que trasciende a la propia víctima, genera la confianza de no sentirnos solas frente a la denuncia y los mecanismos de individuación que el sistema penal reduce a las categorías de víctima-victimario.

Este nuevo escenario de reparación en términos colectivos supera el enfoque clásico de las reparaciones en materia de derechos humanos, que apunta a restablecer la situación de la víctima al momento anterior al hecho ilícito, borrando o anulando las consecuencias de dicho acto u omisión ilícitos [4]. Como es fácil advertir, cuando hablamos de situaciones de violencia sexual se torna casi una ilusión la reparación en un sentido tradicional.

Por eso, se busca incorporar un enfoque transformador que resulte más adecuado cuando nos enfrentamos a situaciones de violencia con base en discriminaciones y opresiones estructurales. [5]

Este enfoque propone transformar la situación de las víctimas de manera que no se vean sometida a las mismas condiciones de vulnerabilidad y discriminación que permitieron que el delito fuese cometido; pero también para que las garantías de no repetición se encuentren ajustadas a cada caso concreto pero que comprendan, cuando sea posible, medidas tales como la sanción de ciertas prácticas administrativas, policiales o judiciales, o la sanción de los funcionarios públicos responsables, la elaboración de protocolos y guías de actuación dirigidas a los actores públicos o privados, entre otras. 

A la par, existe un consenso que demanda medidas generales para reparar a las víctimas en forma colectiva y ya no sólo a víctimas individuales a través de una sentencia. Este es el paso que dio la colectiva de actrices.

En este sentido, las feministas todas, ya venimos interpelando al Estado para que destine el presupuesto necesario para prevenir y para garantizar a las mujeres una vida libre de violencias. El Estado Argentino ha ratificado todos los instrumentos internacionales de protección de los derechos de las mujeres. Sin embargo, una vez más, como todas las conquistas de derechos se hacen a través de las luchas sociales, la colectiva de actrices feministas en este caso, buscó una estrategia para exigir una vida libre de violencias para todas. Todos los derechos conquistados fueron producto de luchas sociales. Desde la AUH, pasando por la Ley de matrimonio igualitario y la Ley de identidad de género, por mencionar solo algunos ejemplos recientes. El denominador común: grupos sociales que con su militancia llegan al Congreso para consagrar derechos.

El caso de Thelma llegó a todos los hogares porque fue transmitido por todos los medios de comunicación. No callarse más, desnaturalizar prácticas, poder romper el silencio en compañía de otras, transmitir el mensaje “no estás sola”, repensar estrategias y generar debate, son una forma de reparación colectiva en sí misma.El movimiento de actrices argentinas feministas reconoce las luchas de otras organizaciones de mujeres: madres y abuelas de plaza de mayo. Se organizaron a partir de la militancia por el derecho al aborto y la colectiva se da una agenda que trasciende las situaciones de violencia sexual. Las hijas de las madres y las abuelas somos las feministas de hoy, son las actrices unidas que deciden darse un proyecto por los derechos de las mujeres, porque existió en nuestro país una lucha inclaudicable de mujeres, que con su ejemplo recorrió el mundo. Las actrices organizadas, hijas de esas madres y abuelas, en un solo grito deciden romper el silencio y no callarse más.

Imagen de Las rojas

Notas: 

[1] Información brindad por Marina Glezer, integrante de Actrices Argentinas.
[2] Iglesias Skulj, Agustina. Violencia de género en América Latina. https://bibliotecavirtual.unl.edu.ar/publicaciones/index.php/DelitoYSociedad/article/view/568
[3] Bodelón, Encarna, El cuestionamiento de la eficacia del derecho en relación a la protección de los intereses de las mujeres.
[4] Nash Rojas, Claudio, Las Reparaciones ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (1988-2007), Ed. Andros Editores, Santiago de Chile, 2009.
[5] Women’s Link Worldwide, El principio de la igualdad de género en la jurisprudencia comparada-muestra analítica de criterios internacionales y nacionales, México, 2014.

Por Rosario Álvarez Garriga y Antares Dudiuk (Abogadas feministas)
Fuente: Economía Feminista

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