Hoy 18 de diciembre es un día clave para que la igualdad de representación quede plasmada en el proceso constituyente en Chile, faltan 93 votos
Fueron 17 de las 35 diputadas de la Cámara, las que presentaron una propuesta de artículo transitorio que establece el principio de paridad de género. Esta indicación fue aprobada en la Comisión de Constitución por siete votos a favor, uno en contra y dos abstenciones. Foto: Frente Feminista CS.radio.uchile.cl/
El pasado lunes 16 de diciembre, se despachó en la Comisión Constituyente de la Cámara de Diputados, la reforma que habilita el proceso de la Carta Fundamental en Chile, con diversas indicaciones y que se realizará el próximo 26 de abril de 2020, a través del plebiscito en que se consultará sobre:
- "¿Quiere usted una nueva constitución?": "Apruebo" o "Rechazo".
- Órgano de redacción: (i) Convención Mixta Constitucional (integrada en parte iguales por miembros elegidos(as) popularmente y parlamentarios(as) en ejercicio) o; (ii) Convención Constitucional (integrada exclusivamente por miembros elegidos (as) popularmente).
En este contexto, se estableció que en caso que se apruebe la opción de una Nueva Constitución, el Presidente de la República deberá convocar dentro de los cinco días siguientes a la elección de los(as) convencionales constituyentes. Por lo demás, esta elección se realizará el mismo día de la votación de alcaldes(as), concejales(as) y gobernadores(as) regionales. Y de igual modo, se indicaron los mecanismos sobre el órgano que se elija para su redacción, y para quienes tengan derecho a sufragio, será de carácter de obligatorio dentro del domicilio que le corresponda en el país.
En cuanto a la propuesta sobre el principio de paridad de género, que fue presentada por la carta de las Diputadas del oficialismo y oposición (16 de diciembre), tras la incidencia de diversas agrupaciones del movimiento feminista, se aprobó “por siete votos a favor, uno en contra y dos abstenciones, que las listas presentadas por un partido político no podrán superar el 50% de candidaturas del mismo sexo y deberán estar encabezadas en las cédulas por mujeres, siendo luego alternadas por hombres”. Y respecto a la elección, se aplicará el criterio del sistema de las parlamentarias establecido en la Ley nº 20.840 de 27 de abril de 2015, que “Sustituye el sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional inclusivo y fortalece la representatividad del Congreso Nacional”.
Lo que significa un hito en la historia de la participación política de las mujeres, al reconocer el derecho de ser parte activa de los asuntos que le conciernen y poder incidir directamente en el proceso de la construcción de una nueva Constitución para Chile, porque no es solamente una de las deudas más importantes de la democracia, sino que en “la realidad de un país que se compone por un 51% de mujeres, se vuelve un imperativo ético”, como se señaló en la Carta de las Diputadas.
No obstante, para que la igualdad de representación de género sea una realidad dependerá de la votación del conjunto de la Cámara de Diputados, que se realizará hoy miércoles 18 de diciembre, y donde aún faltan 93 votos.
Por Daniela Andrade Zubia
La Ciudad de las Diosas