mayo 28, 2020

Chile: Preocupación de organizaciones feministas y de mujeres frente al debate del Proyecto de Ley sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia @RevistaEmancipa



El Estado de Chile es parte de los tratados internacionales que reconocen y protegen los derechos humanos de las mujeres y las niñas y se encuentra obligado a adoptar una legislación integral sobre violencia de género que permita avanzar en su erradicación. Chile debe contar con una nueva normativa que conceptualice la violencia contra las mujeres y las niñas de manera amplia y defina explícitamente las obligaciones que corresponden a los órganos del Estado en materia de prevención, investigación y sanción de la violencia y de protección, atención y reparación de las víctimas.

El actual contexto de emergencia sanitaria por COVID-19 ha relevado la urgencia de una legislación integral. Frente al aumento de la violencia contra las mujeres y las niñas, especialmente de quienes se encuentran confinadas con sus agresores, se han evidenciado las limitaciones institucionales para enfrentarla y garantizar la protección de las víctimas, en el marco de estrategias públicas amplias orientadas a su prevención.

Por ello, las organizaciones feministas y de mujeres firmantes, articuladas en la Plataforma Juntas en Acción, manifiestan su preocupación frente a la discusión legislativa del proyecto de ley sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia que se desarrolla ante la Comisión Mujer e Igualdad de Género del Senado, en segundo trámite constitucional (Boletín Legislativo No 11.077-07).

Consideramos insuficiente la respuesta estatal que hasta ahora se plantea frente a las diversas manifestaciones de violencia contra las mujeres y las niñas. Todavía no se cuenta con una propuesta adecuada que defina las múltiples violencias que se ejercen en el espacio público y privado e incluso por parte de agentes del Estado, a pesar de lo avanzado de la tramitación parlamentaria y habiéndose recibido recomendaciones de numerosos organismos públicos y de la sociedad civil para mejorar su redacción.

Nos parece inaceptable que en el debate legislativo de estas últimas semanas se hayan declarado inadmisibles las indicaciones de la senadoras Isabel Allende, Adriana Muñoz, Yasna Provoste y Ximena Rincón orientadas a incorporar al proyecto de ley el Art. 7o de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Convención de Belém do Pará), que especifica las obligaciones de los Estados en la materia y que fue suscrita por nuestro país en 1998. Mas aún, el Gobierno de Chile – representado por la Ministra de la Mujer y la Equidad de Género– ha rechazado patrocinar dichas indicaciones, lo que habría permitido incorporar, entre otras, la obligación de debida diligencia con que deben actuar los órganos del Estado frente a la violencia contra las mujeres y las niñas.

En lugar de ello, el pasado 14 de mayo, el Ejecutivo ha presentado una nueva propuesta de redacción de los arts. 5, 6 y 7 del proyecto de ley que propone denominar “Deberes del Estado” –en lugar de “Obligaciones de los órganos del Estado”– y en cuyo texto se repiten expresiones tales como “velarán”, “procurarán”, “considerarán” “especial consideración”, “en el marco de sus competencias”, “respectivos sectores”, “orientaciones y directrices”, entre otras. Dicho lenguaje no se ajusta a una legislación que busca enfrentar un grave problema de derechos humanos y que debe estipular mandatos claros, específicos y jurídicamente obligatorios para el conjunto de los órganos del Estado, y exigibles por parte de la ciudadanía, especialmente por las mujeres afectadas.

Preocupa que el Gobierno insista en un enunciado vago y difuso limitado a “deberes”, en lugar de asumir “obligaciones” en la materia, especialmente en cuanto a la protección de mujeres y niñas víctimas de violencia. Asimismo, que no se asuma la obligatoriedad de la capacitación y especialización de los/as funcionarios/as públicos/as y operadores/as de justicia, en los términos planteados en las indicaciones presentadas y conforme a las recomendaciones internacionales, esto es, que debe ser brindada por personal especializado en derechos humanos, perspectiva de género y violencia contra las mujeres y las niñas.

Además, el Ejecutivo ha rechazado patrocinar una indicación que proponía establecer un Comité Interministerial sobre Violencia contra las Mujeres a cargo de la definición, coordinación, implementación y seguimiento de la política, planes, programas y servicios en la materia. Frente a ello se argumentó la existencia del Comité Interministerial para la Igualdad de Derechos y la Equidad de Género creado junto al Ministerio de la Mujer y Equidad de Género (ley No 20.820, de marzo de 2015) instancia que, hasta la fecha, pese al tiempo transcurrido, no ha hecho públicas las medidas específicas adoptadas para mejorar la respuesta pública frente a la violencia contra las mujeres y las niñas, ni sus resultados.

También se declararon inadmisibles la indicaciones de estas mismas senadoras para que la ley de presupuesto contemple los recursos necesarios para la implementación de la denominada ley integral de violencia, puesto que ello corresponde a la iniciativa exclusiva del Presidente de la República. Sin embargo, desde el Ministerio de la Mujer no se ha señalado con claridad a cuanto ascenderá el presupuesto asignado a la nueva ley de violencia y, hasta ahora, se ha mantenido postergado el debate presupuestario pese a la centralidad que reviste para la atención y la erradicación de la violencia contra las mujeres y las niñas.

Las organizaciones feministas y de mujeres firmantes valoramos el debate legislativo del proyecto sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, por la oportunidad que ofrece de ajustar la legislación chilena a los estándares internacionales en la materia. Por lo mismo, esperamos que en adelante la Comisión de la Mujer e Igualdad de Género del Senado y el Gobierno, avancen en la definición de mandatos claros, específicos y exigibles en cuanto a las obligaciones que corresponden a los organismos públicos en materia de prevención de la violencia de género, investigación y sanción de los crímenes, protección, atención y reparación de las víctimas.

Las organizaciones feministas y de mujeres han impulsado por años diversas iniciativas para enfrentar la violencia contra las mujeres y las niñas, y esperamos colaborar de manera activa en la discusión legislativa.


Corporación Humanas
ComunidadMujer
Juntas en Acción
Agrupación Lésbica Rompiendo el Silencio, RS Centro de Estudios de la Mujer, CEM
Departamento de Género Universidad Diego Portales Descentralizadas
Fundación Instituto de la Mujer Ingeniosas
Laboratoria
La Rebelión del Cuerpo Mujeres del Pacífico
Niñas Valientes
Observatorio contra el Acoso Chile, OCAC Observatorio de Género y Equidad, OGE Observatorio de Violencia Obstétrica, OVO Red de Investigadoras

Adhieren:

Asociación de Académicas y Académicos de la Universidad de Chile (ACAUCH)
Asociación de Abogadas Feministas de Chile (ABOFEM)
Asociación de Funcionarias/os del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género (ANFUMENG)
Asociación Yo Cuido
Centro de Estudios de Género y Cultura en América Latina de la Facultad de Filosofía y Humanidades de la Universidad de Chile (CEGECAL)
Centro de Estudios para el Desarrollo de la Mujer (CEDEM)
Colegio de Matronas y Matrones de Chile
Comisión Nacional de Género del Colegio de Periodistas de Chile
Corporación La Morada
Corporación MILES
Coordinadora Poder Decidir
Familia es Familia
Fundación Latinoamericana de Innovación Social
ONG Acción Mujer y Madre
ONG ESE:O Escritura para liderar
Ni Una Menos Chile
Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres
Red Docente Feminista
Secretaría de Mujeres Inmigrantes
Vicepresidencia de la Mujer y Equidad de Género de la Central Unitaria de Trabajadores

Fuente: Emancipa

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