Denuncian organizaciones ante CEDAW insuficiencias del Estado mexicano en atención a violencia
CIMACFoto: Hazel Zamora Mendieta
Organizaciones de la sociedad civil proporcionaron al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Comité CEDAW) datos sobre desaparición y asesinato de mujeres en México y evidenciaron que las acciones por parte del gobierno Mexicano siguen siendo insuficientes para prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres.
Desde el 2020, el Comité de la CEDAW inició una evaluación intermedia a México para revisar el cumplimiento de las recomendaciones que le hizo desde 2018 por la situación de violencia contra las mujeres en el país. A partir del 15 de febrero y hasta marzo de 2021, la CEDAW tendrá una nueva sesión en la que analizará los avances de México.
De cara a esta evaluación intermedia, un grupo de organizaciones civiles que integran el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), Católicas por el Derecho a Decidir, A.C. (CDD) y la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos” (Red TDT) enviaron información (oficial y recolectada por ellas) relacionada con la desaparición de mujeres, niñas y adolescentes, los asesinatos de mujeres y casos de feminicidio, la violencia sexual y el mecanismo de Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM), que son los temas en los que la CEDAW hizo recomendaciones específicas.
Desaparición de niñas y mujeres
Las organizaciones informaron a la CEDAW que de acuerdo con el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO), del 1 de diciembre de 2018 al 31 de diciembre de 2020 desaparecieron 20 mil 431 mujeres, niñas y adolescentes en México.
Según los datos proporcionados al OCNF por Fiscalías y Procuradurías de justicia estatales a través de solicitudes de información, de enero a agosto de 2020 desaparecieron 5 mil 223 mujeres y niñas tan sólo en 12 estados del país, y un total de mil 290 siguen pendientes de localizar; 48 por ciento de las mujeres desaparecidas son menores de edad.
Frente a este contexto, las organizaciones recomendaron a México implementar inmediata y eficazmente el Protocolo Alba y la Alerta Amber; eliminar la reproducción de los estereotipos de género cuando una mujer se encuentra con estatus de desaparecida y actuar de manera inmediata y coordinada a fin de no perder tiempo valioso que pudiera obstaculizar la localización con vida de las mujeres, niñas o adolescentes desaparecidas; y realizar investigaciones con perspectiva de género que vinculen la desaparición con otros probables delitos de género como la trata de personas, pornografía infantil y feminicidio.
Asesinato de mujeres y feminicidio
Las organizaciones informaron que de enero de 2018 a diciembre de 2020 fueron asesinadas 11 mil 217 mujeres y niñas en México, de acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP). Tan sólo de enero a diciembre de 2020 fueron asesinadas 3 mil 752 mujeres, niñas y adolescentes, es decir 10.2 mujeres al día en México. Del total de los asesinatos de mujeres, solo se investigan como feminicidio 969 casos, equivalente a un 26 por ciento.
“Los datos reflejan que en el país no se han reducido los asesinatos de mujeres, sino que se han mantenido, lo que evidencia que siguen siendo insuficientes las acciones para prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres”, señalaron a la CEDAW las organizaciones.
De acuerdo con el reporte “Impunidad feminicida, radiografía de datos oficiales sobre violencias contra las mujeres 2017-2019”, elaborado por la RedTDT, en 2018 se abrieron 746 carpetas de investigación por el delito de feminicidio, mientras que de enero a mayo de 2019 se abrieron 459 carpetas por feminicidio en 23 estados del país.
No obstante, la autoridad judicial informó que en el 2018 fueron dictadas tan sólo 228 sentencias condenatorias por feminicidio, mientras que de enero a mayo de 2019 se dictaron 102 sentencias.
Las organizaciones también detallaron a la CEDAW que, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), las mujeres son asesinadas con mayor violencia y saña que los hombres en eventos donde se utilizan medios que producen mayor dolor, prolongan su sufrimiento antes de morir y, sobre todo, conllevan la aplicación de la fuerza corporal para someterlas.
El medio o arma más utilizada para causar la muerte de las mujeres son las armas de fuego. Además, 30 de cada 100 mujeres asesinadas son ahorcadas o sofocadas, ahogadas, quemadas, golpeadas con algún objeto o herida con un arma punzocortante.
Sobre el Tipo Penal de Feminicidio en México, la organizaciones dijeron que a la fecha Baja California, Chihuahua, Guanajuato, Michoacán y Quintana Roo, tienen tienen tipos penales de feminicidio deficientes debido a que contemplan varias características subjetivas, lo que no facilita su acreditación.
Las defensoras de los Derechos Humanos advirtieron al Comité CEDAW que si bien 27 estados tienen un tipo penal basado en el tipo penal federal, el 28 de enero de 2020, el Fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero, externó la intención de eliminar el tipo penal de feminicidio bajo el argumento de que para el Ministerio Público “es difícil acreditarlo”.
“Eliminar el tipo penal de feminicidio y redefinirlo como agravante del homicidio, en el marco de la iniciativa de creación de un Código Penal Único en México, representa un grave retroceso a los derechos de las mujeres, particularmente a su derecho a una vida libre de violencia. A pesar de las propuestas realizadas por parte de la sociedad civil y expertos en el tema, hasta la fecha no hay un Código Penal Único a nivel federal”, detallaron las organizaciones.
De acuerdo con la evaluación de las organizaciones, es necesario que las modificaciones al Código Penal Federal o la creación de un Código Penal Único incorporen las razones de género objetivas, a fin de que el delito pueda acreditarse de manera eficaz; también urge investigar con perspectiva de género y que toda muerte violenta de mujeres sea investigada de inicio como feminicidio, en cumplimiento a la sentencia de Mariana Lima Buendía, ordenada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Las organizaciones pidieron acelerar las investigaciones relacionadas con muertes violentas de mujeres para garantizar el acceso a la justicia y disminuir los niveles de impunidad; garantizar que los Protocolos de Investigación del delito de feminicidio estén actualizados al nuevo Sistema de Justicia Penal, incorporen un enfoque diferencial, étnico o multicultural, además de la debida diligencia, perspectiva de género y enfoque de DH; y pidieron garantizar la reparación integral del daño a las familias y niñas/os huérfanos del feminicidio, de acuerdo a los estándares internacionales en la materia.
A las Fiscalías y Procuradurías de justicia estatales, las organizaciones les recordaron su obligación de contar con personal especializado en criminalística, química forense, genética forense, medicina forense, así como especialistas en las diversas ciencias sociales como antropología social, sociología, psicología y trabajo social, para robustecer las razones de género que garanticen la acreditación del tipo penal de feminicidio.
Violencia sexual
En relación con la violencia sexual, de acuerdo con los datos oficiales del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de enero de 2018 a diciembre de 2020 se presentaron 150 mil 716 denuncias de delitos sexuales, de las cuales 49 mil 195 fueron violaciones sexuales. De enero a diciembre del 2020 se denunciaron 54 mil 342 delitos sexuales. Además, de enero de 2018 a diciembre de 2020 se presentaron 610 mil 373 denuncias de violencia familiar.
En materia de violencia sexual, las organizaciones exigieron garantizar: la implementación efectiva de la NOM 046, para atender a víctimas de violencia familiar y sexual y la Interrupción Legal del Embarazo; la interrupción del embarazo producto de una violación sin que haya una denuncia previa; y que el Poder Legislativo modifique los marcos normativos discriminatorios hacia las mujeres denunciados en las AVGM por agravio comparado declaradas para Veracruz y Guerrero, que hasta la fecha se han negado a modificar.
Mecanismo de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres
En relación al Mecanismo de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM), las organizaciones detallaron que hasta diciembre de 2020 se han solicitado 45 Declaratorias de AVGM (DAVGM) en México. Como resultado de dichas solicitudes se han decretado 21 declaratorias en 18 estados del país.
No obstante, “a pesar de que en julio de 2018 el Comité CEDAW recomendó al Estado mexicano garantizar la participación de las organizaciones de la sociedad civil en el proceso de AVGM, hasta la fecha ésta no ha sido garantizada legalmente en el reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV)”, advirtieron al organismo.
Las organizaciones civiles precisaron que “al revisar la pertinencia de las medidas y recomendaciones emitidas a las autoridades para atender la violencia feminicida, una gran mayoría estuvo encaminada al funcionamiento de las políticas públicas ordinarias que están mandatadas en sus leyes estatales de acceso a una vida libre de violencia; sin embargo, estas políticas fueron instrumentadas de manera deficiente, lo que derivó en que no garantizaran la vida e integridad de las mujeres, por no haberse implementado de manera efectiva”.
También informaron que los criterios utilizados por el gobierno para medir los avances de las medidas de seguridad, prevención y justicia, no permiten establecer con claridad el avance de los gobiernos y cuáles son los obstáculos que siguen enfrentando, a pesar de que se ha reiterado a las autoridades que deben crearse las herramientas de evaluación pertinentes para tener un avance sustantivo. Asimismo, existen diversos vacíos legales en el momento que se decreta una AVGM, como el que no se establecen plazos para el cumplimiento de las medidas. aunado a la cantidad de medidas, muchas de ellas innecesarias, lo que hace la Declaratoria de AVGM inoperante.
Las organizaciones denunciaron que hasta la fecha no se han realizado las modificaciones normativas necesarias derivadas de la la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres por Agravio Comparado en los estados de Veracruz y Guerrero, para evitar que se obstruya la garantía de los derechos de las mujeres en México.
Por todo esto, las organizaciones observaron que es necesario que el Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) establezca que el Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario esté conformado -desde su integración- por personas expertas en la problemática denunciada, así como por las organizaciones peticionarias de la AVGM, quienes deberán participar con voz y voto; crear un mecanismo que dé seguimiento a las medidas dictadas a través de las AVGM para impulsar su cumplimiento inmediato y eficaz donde participe sociedad civil; establecerse indicadores de evaluación para medir resultados e impactos; construir una metodología para la elaboración de Dictámenes de evaluación con indicadores de medición; y modificar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia y su Reglamento para precisar el procedimiento de dicho mecanismo.
“La AVGM tiene que seguir impulsando la creación, corrección y fortalecimiento de medidas para garantizar la atención, sanción y prevención de la violencia contra las mujeres, adolescentes y niñas. La AVGM no debe suplir todas las políticas públicas que el Estado está obligado a implementar para garantizar una vida libre de violencia. La AVGM no suple las políticas públicas ordinarias, sino que las refuerza y focaliza para que, de manera eficaz, se atienda la problemática” dijeron las organizaciones.
Respuesta del Estado mexicano
La información entregada por las organizaciones civiles contrasta con la que dio el Estado mexicano en septiembre pasado. Tras pedir prórroga en su informe de medio término sobre el cumplimiento de las recomendaciones de las expertas de la CEDAW, México reportó acciones que aún no han sido publicadas, son difíciles de medir o quedan en exhortos.
En la versión preliminar que envió el Estado mexicano a la CEDAW, el gobierno federal enunció la suscripción en 2019 del “Acuerdo por la Igualdad entre Mujeres y Hombres”, la aprobación en septiembre de 2019 del “Programa para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres” PIPASEVM 2019-2024; y la elaboración del Proigualdad 2020-2024, que se publicó hasta diciembre de 2020.
En el caso específico del “Acuerdo por la Igualdad”, el gobierno federal sólo publicó una hoja membretada con una serie de enunciados a favor de las mujeres, pero sin ninguna acción específica ni forma de medir sus resultados. A un año de firmar este acuerdo, el gobierno federal no ha informado por ningún medio el avance de cumplimiento.
El Estado mexicano también presumió a la CEDAW que en 2020 elaboró el “Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes en Condición de Orfandad por Feminicidio” para todas las autoridades municipales, estatales y federales que tienen responsabilidad directa en el proceso de protección integral de NNA. No obstante, Cimacnoticias constató que la elaboración de este protocolo inició después de que se presentó oficialmente y aún no existe ningún documento oficial que lo sostenga.
Asimismo, el gobierno dijo que se implementa en México la Iniciativa Spotlight en coordinación con los gobiernos locales y la sociedad civil, ONU Mujeres; PNUD; UNFPA; UNODC; ONU-DH, y UNICEF por 4 años en 5 municipios: Ecatepec y Naucalpan (Estado de México), Ciudad Juárez y Chihuahua (Chihuahua) y Chilpancingo (Guerrero). No obstante, la Conavim dijo a Cimacnoticias que dado que se trata de una iniciativa de la cooperación internacional, México no puede fiscalizar los avances de esta estrategia.
Fuente: Cimac Noticias